Fecha de Publicación: 25/04/2016
Página: 61
Carilla: 61

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
NOVENO TURNO

                             Remate Judicial
                           Rdor. Silvio Rienzi
                         2508 2383 - 094 448 333

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez de Paz de 9° Turno, dictada en autos caratulados: "LORO PIANA, BRUNO C/ VASALLO CONDE, SONIA" -JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO- IUE 2-5457/2012, se hace saber que el próximo 19 de mayo de 2016, a partir de la hora 15:30, en el local de la calle Uruguay 826 (ANRTCI), por intermedio del martillero SILVIO RIENZI, Matrícula 4567, RUC 212 218 140 017 y en acto presidido por el Sr. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate en pública subasta Sin Base y al Mejor Postor del 50% del siguiente bien inmueble: solar, edificio y mejoras, ubicado en décimo tercera Sección Judicial de Montevideo, empadronado con el número ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y seis, señalado como solar dos en el plano del Agrimensor José Pedro Abaracón de mayo de mil novecientos cincuenta y tres, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número veintiocho mil trescientos veinticinco el diecinueve de febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro, se compone de una superficie de doscientos setenta y nueve metros cuadrados, cincuenta decímetros, que se deslinda así: diez metros de frente al Suroeste a calle Ameghino, entre Adolfo Vaillant y Gowland, distando el punto medio del frente veintisiete metros noventa y cinco centímetros a esquina con la primera; veintisiete metros noventa y cinco centímetros al Noroeste lindando con parte del solar uno, padrón treinta y cinco mil ochocientos doce, diez metros al Noroeste lindando con parte del solar seis, padrón ciento noventa y tres mil seiscientos cuarenta y siete; veintisiete metros noventa y cinco centímetros al sureste lindando con solares cinco y tres del mismo plano padrones números: ciento noventa y tres mil seiscientos cincuenta y ciento noventa y tres mil seiscientos cuarenta y ocho.- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor Postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de remate y abonar el 3,66% del precio por concepto de comisión más impuestos al Rematador. Todo en el acto y en efectivo, cheque certificado o letra de cambio. 2°) Que serán de cuenta del comprador los gastos que generen la posterior escritura del bien, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 3°) Que solo podrán ser descontados los importes que se adeuden por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del inmueble, así como la situación contributiva del bien. 4°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y certificados registrales agregados. 5°) Que no se agregó plano. 6°) Que mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el Sr. Rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario n° 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 7°) Que serán de cargo de esta ejecución el pago de la comisión de venta al Rematador; o sea el 1,22% del valor de remate. 8°) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado, Zabala 1367 3° piso. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 21 de abril de 2016.- Dra. Esc. ANA ONGAY GAAR, ACTUARIA.
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 20) $ 4290 1/p 9094 Abr 25- Abr 25
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