Fecha de Publicación: 25/04/2016
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOTERCER TURNO

EDICTO- Por disposición del Sr. Juez Letrado de 1era. Instancia en lo Civil de 13er. Turno dictada en autos BIRD, JAMES C/ COLUCCI, ALFREDO -Juicio Ejecutivo- 27-415/2001 se hace saber que el 12 de mayo de 2016 a las 15 y 30 horas en Avenida Uruguay 826 se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Ruc 211743790012 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate sobre las 2/3 partes de su valor de tasación o sea $ 1176644.67 y al mejor postor del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal 002 que forma parte del edificio sito en la 10ma. Sección Judicial de Montevideo padrón 179084 (antes en m/a 63401) que según plano de Agrimensor Ernesto Spinak inscripto en la Dirección General de Catastro con el nro. 83128 el 2/6/77 tiene un área de 860 mts. 3 dms. con 40,93 mts. al SO a calle Miami y en 7,22 mts. al SE a calle Eduardo Couture por ser esquina uniendo ambos frentes ochava curva de 15,81 mts.
La unidad 002 se ubica en planta baja a cota + 40 cms. con un área de 69,70 mts. y le corresponde el uso exclusivo de porche B, jardín E y del fondo G (bienes comunes)
SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma, en efectivo o letra de cambio y en pesos. 2) Será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la ley pone de su cargo así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto y en efectivo. El saldo de precio deberá integrarse en un plazo de 20 días corridos a partir del primer día hábil inmediato siguiente a la notificación del auto aprobatorio, el que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de turismo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta o sea el 1,22%. 4) Se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en lo que refiere a las construcciones. 5) Se desconoce la existencia de adeudos por concepto de gastos comunes. 6) se podrá descontar del saldo de precio lo que le adeudare por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria a la fecha de la subasta. 7) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada. Los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del juzgado. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones Montevideo, 22 de abril de 2016 Esc. SANDRA ORTIZ REGUEIRO, ACTUARIA ADJUNTA.
                           Primera Publicación
 20) $ 16445 5/p 9093 Abr 25- Abr 29
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