Aviso de Remate N° 9081/026
Fecha de Publicación: 28/04/2026
Página: 145
Carilla: 145
REMATES
PODER JUDICIAL
ROCHA
JUZGADO DE PAZ
CUARTA SECCIÓN
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz 4ª Sección de Rocha, dictada en autos: "OLIVERA PEREYRA, MIRCO ALFREDO Y CALIMARIS DIAZ, SILVIA YANET C/ OLIVERA PEREYRA, FLORICIO DANIEL -CESE DE CONDOMINIO CONTRACTUAL-" IUE 348-420/2025, se hace saber que el día 06 de mayo de 2026 a las 14:00 hs en las puertas de este Juzgado, la martillera Valentina Birriel, mat. Nro. 7038, procederá a la venta en Remate Público SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR, del Inmueble solar de terreno con las mejoras que le acceden, sito en la localidad Catastral de Castillos, zona urbana, cuarta sección judicial del Dpto. de Rocha, manzana 35 (treinta y cinco), empadronado con el nro. 2265 (dos mil doscientos sesenta y cinco), antes empadronado en mayor área con el nro. 497 (cuatrocientos noventa y siete), el que se encuentra señalado con la letra B en el plano de mensura y división del Ing. Ag. Carlos Darriulat, inscripto en la oficina Dptal. de Castastro de Rocha con el nro. 3573 el día 20 de mayo de 1965, consta de una superficie de trescientos siete metros con cincuenta y dos decímetros (307.52 m²) los cuales se deslindan de la siguiente manera: 17, 72 metros al oeste lindando con la fracción letra "A" del mismo plano y 17,26 metros al norte lindando con el padrón nro. 498. La misma posee un total de 102 m² edificados según cedula catastral. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor abonará en dólares estadounidenses, así como la oferta se llevará de igual manera en la misma moneda. 2) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, el 30 % de su oferta en el momento de serle aceptada la misma, debiendo abonar el saldo en un plazo máximo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la aprobación del Remate (art. 387.2 literal f del CGP) 3) Que será cargo del comprador los gastos de escrituración, impuestos y demás que la Ley pone a su cargo, así como la comisión del Rematador e impuestos correspondientes, que se deberán abonar al contado. 4) Que el bien se vende en el estado que se encuentra a la fecha de la diligencia, poniéndose la documentación y titulación existente en el Juzgado a disposición de los interesados, quedando a su cargo demás averiguaciones, declinando en más a la Sede toda responsabilidad.
Rocha, 14 de abril de 2026.
FLORENCIA AGUIRRE BERMUDEZ, Juez de Paz Ciudad.
Primera Publicación
20) $ 31086 5/p 9081 Abr 28- May 05
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