Fecha de Publicación: 11/06/2020
Página: 51
Carilla: 51

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SEXTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6° Turno, dictada en autos: "GADEA SELLANES, GABRIEL c/ GARCIA CAVALIERI, HECTOR - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-23540/2017, se hace saber que el 4 de agosto de 2020 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Unidad 002 del edificio construido bajo el régimen común y regularizado para su incorporación a propiedad horizontal de la ley 10.751, en el terreno sito en la localidad catastral Montevideo, Departamento de Montevideo, padrón matriz 118.328, que según plano del Agrimensor Emilio Vázquez de agosto de 1996, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 31.055 el 27 de noviembre de 1998, según el cual tiene una superficie de 742 metros 51 decímetros, con 10 metros de frente al Sureste a la calle General Máximo Tajes y 28 metros 8 centímetros de frente al Suroeste a la calle Capri por ser esquina uniendo ambos frentes ochava curva de 15 metros 68 centímetros. La unidad 002, está empadronada individualmente con el número 118.328/002 y según el plano citado se compone de garage 002, a cota más 60 centímetros, con una superficie de 82 metros 82 decímetros, correspondiéndole el uso exclusivo del acceso "B" (bien común). Dicha unidad se desarrolla en Planta Baja.-SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) Se agregó cédula catastral que no cumple con el artículo 178 de la ley 17.296. 3) Existe deuda por Impuesto de Primaria y por Contribución Inmobiliaria. 4) Los únicos rubros imputables al precio hasta la fecha del Remate son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria. 5) Se desconoce la existencia de deudas con BPS por construcciones y el estado ocupacional del bien. 6) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. 7) El bien se vende en los estados de conservación y situación jurídica en que se encuentre a la fecha de la subasta, en las condiciones que resulten de la documentación agregada, de la información registral adjunta, y del expediente, siendo toda averiguación complementaria de cargo de los interesados. 8) El expediente y la documentación se encuentran a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Montevideo, 10 de junio de 2020.
ADRIANA JACQUELINE FALCON DEMETRIUK, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6120 1/p 8793 Jun 11- Jun 11
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