Aviso de Remate N° 8693/026
Fecha de Publicación: 24/04/2026
Página: 218
Carilla: 218
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 10° Turno, dictada en autos: "BROU C/ VANEFIL S.A. y otro.-JUICIO EJECUTIVO MEDIDAS PREPARATORIAS" IUE 21-189/2000, se hace saber que el día 10 de junio de 2026 a las 14:30 horas en la Asociación de Rematadores, sito en la calle Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N.° 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta pública subasta, en dólares, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno baldío, sito en la décimo octava Sección Judicial del departamento de Canelones, Paraje Balneario Neptunia, zona suburbana, empadronado con el número 2.168, señalado con el número 2 de la manzana 204 en el plano del Agrimensor José María Gambini de marzo de 1955, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 4 de julio de 1957 con el número 9706, según el cual se compone de una superficie de 675 metros que se deslinda: 18 metros de frente al Noroeste a calle Arazati, entre las calles Achiras y Abayubá, distando 37 metros 46 centímetros del comienzo de la ochava recta con la calle del frente y Abayubá: 37 metros 50 centímetros al Noreste lindando con parte de los solares 3 y 4: 18 metros al Sureste lindado con parte de los solares 5 y 29 y 37 metros 50 centímetros al Suroeste lindado con parte de los solares 30 y solar 1, todo del mismo plano.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios. Serán de cargo del Mejor Postor los gastos de escrituración, honorarios e impuestos que la Ley pone a su cargo. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que solamente podrá ser imputado al precio la deuda de Contribución inmobiliaria y Enseñanza Primaria, no incluyendo tributos judiciales. 4) Que el plazo para depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la Orden de la Sede es de 20 días contados a partir del día hábil siguiente a la de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni semana de turismo. 5) Que existe deuda de OSE. Se desconoce la existencia de otras deudas ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el inmueble, su situación ocupacional y estado de conservación, así como deudas a BPS e Intendencia de Canelones por las construcciones. No se pudo obtener información sobre el derecho de preferencia (artículo 66 de la Ley 18.308). 6) Que se remata en las condiciones jurídicas, fiscales y materiales que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derecho Humanos número 1309 piso 3, de la ciudad de Montevideo, siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria debiendo tener presente el art. 390 del C.G.P. 7) Se tuvo a la vista los certificados registrales ampliados al día 22 de abril de 2026.- Y a los efectos legales se expide el presente
Montevideo, 22 de abril de 2026.
MARIA SOLEDAD BAGLIVO LOGGIA, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 8801 1/p 8693 Abr 24- Abr 24
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