Fecha de Publicación: 21/04/2016
Página: 66
Carilla: 66

REMATES
PODER JUDICIAL
DURAZNO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

                                  EDICTO

Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Tercer Turno de Durazno, en autos caratulados: PRAETORIUS, Carlos Roberto C/ FERNANDEZ ECHEVERRIA, Oscar Alberto y Virginia Lucía.- EJECUCION DE HIPOTECAS.- I.U.E. 242-299/2000 se hace saber que atento a lo dispuesto por providencia N° 4225/2002 del 25/11/2002, providencia N° 5411/2015 del 29/09/2015, providencia N° 5990/2015 del 22/10/2015 y providencia N° 6399/2015 del 11/11/2015, el próximo día 5 de Mayo de 2016 a las 15.00 horas, en las puertas de esta Sede, calle Eusebio Piriz N° 850 de esta ciudad se procederá por intermedio del Rematador Rafael, GONZALEZ, asistido de la Sra. Alguacil del Juzgado, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, del siguiente inmueble: Una fracción de campo y sus mejoras sita en la Novena Sección Catastral de Cerro Largo, zona rural, Padrón N° 14.538 antes 4464, 4328 y 4329 en mayor área, que según plano del Ingeniero Agrimensor Juan A. Rodriguez, inscripto en la Oficina de Catastro de Cerro Largo con el N° 10286 el 17/11/1999, se señala como lote "Dos"; posee un área de 214 Hás 7.200 metros y se deslinda: Suroeste frente a camino vecinal a Santa Clara por medio con parte del Padrón 3532, Norte 1427 metros con la fracción 5 del plano, Noreste el arroyo Lechiguana Chico y Padrón 702 en parte, Sureste 1298 metros 1 centímetro con padrones 703 y 7553.- 
SE PREVIENE: 1) Que se encuentran guardados en Caja de Seguridad de La Sede, títulos, planos anteriores, antecedentes dominiales y Plano de Mensura de padrones anteriores.- 2) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma.- 3) Que serán de cargo del adquirente los gastos, honorarios, comisiones e impuestos de ley.- 4) Se deja constancia que el inmueble registra deuda por Contribución Inmobiliaria la que deberá ser abonada para escriturar, el plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo.- 5) Que se ignora la situación ocupacional de dicho bien, asi como si existen deudas de B.P.S. y todo otro tributo que grave al inmueble.- 6) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente y la documentación agregada, Títulos, Certificados y Descartes Notariales.- 7) Asimsimo se debe ofrecer al Instituto Nacional de Colonización antes de escriturar.- Y a los efectos legales se realizan estas publicaciones.- Durazno, 15/04/2016.- Esc. ALBANA DÍAZ, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 3146 1/p 8692 Abr 21- Abr 21
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