Fecha de Publicación: 23/04/2026
Página: 159
Carilla: 159

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "BONANATA, MARCELO c/ SEIJAS TORANZA, GUSTAVO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA." IUE 2-94719/2024, EDICTO.- Por disposición del Señor Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8° Turno dictada en autos caratulados " BONANATA, MARCELO C/ SEIJAS TORANZA, GUSTAVO - EJECUCION HIPOTECARIA -IUE: 2-94719/2024 se hace saber que el próximo 14 de Mayo a las 14 y 30 hs en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N.° 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal N° 101, empadronada individualmente con el N° 9069/101 sito en el departamento de Montevideo, el que segun plano de mensura y fraccionamiento del Agrim. Raúl Castro de octubre del año 2003, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 11/12/2003 con el N° 37.058, se ubica en el primer piso, a cota vertical más 5 mts. 15 cmts. y tiene una superficie de 58 mts. 75 dmts. y le corresponde el uso exclusivo del Balcón A1 (bien común). La referida unidad forma parte del edificio construido sobre el solar de terreno sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, padrón matriz 9609, el que según plano referido, consta de una superficie de 347 mts. 15 dm, con 10 mts. 77 cm al O de frente a la calle Doctor Aquiles Lanza (ex. Yaguaròn) estando sus puertas individualizadas con los Nos. 1224, 1224 bis y 1226, distando su punto medio de su frente 37 mts. 945 ml de la esquina con la calle Canelones. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña, en efectivo o letra de cambio y en dólares estadounidenses el 30 % de su oferta al bajarse el martillo y que la misma se deberá consignar por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera, modificativas y decretos reglamentarios. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la Comisión de Compra del Rematador e IVA, o sea el 3,66% del precio de remate., la cual no forma parte de la seña 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e IVA, o sea el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5°) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 6°) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 7°) Solamente podrán imputarse al precio tributos necesarios para la escrituración al momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate y que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias ni por semana de turismo. 8°) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la I.M de Montevideo el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el art.66 de la ley 18.308 9°) La unidad estaba al día en los gastos comunes hasta el 30/6/2025, desconociéndose si tiene deuda al dìa de hoy. 10°) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del tramite de acuerdo al art.178 de la ley 17.296 11°) Que los antecedentes domínales están formados por testimonios notariales . 12°) Que existe una diferencia de área en la escritura de compraventa del año 1971 y el plano. 13°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, documentación registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1°. 14) El mejor postor debera tener presente lo dispuesto por el articulo 390 inciso final del CGP. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Montevideo, 16 de abril de 2026.
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 11051 1/p 8598 Abr 23- Abr 23
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