Fecha de Publicación: 15/04/2016
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Carilla: 62

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
NOVENO TURNO

                                  EDICTO

Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno, dictada en autos: "Abbate, Lucía c/ Urgoity Aurelio. Ejecución de Hipoteca. IUE 2-4290/2014, se hace saber que el 11 de mayo de 2016 a las 15.30 horas, en el salón de la Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliarios del Uruguay ubicado en la Avenida Uruguay número 826 de Montevideo, se procederá por intermedio del Rematador MARIO ARIAS Mat. 512, RUT 210554620014 y asistido por el Sr. Alguacil del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno, al remate sin base, en dólares y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: dos fracciones de campo y demás mejoras que le acceden ubicadas en la tercera sección catastral y judicial del departamento de San José, zona rural paraje Chamizo, que se describen por separado de la siguiente forma: a) Fracción empadronada con el número 4000, antes padrón 5187 en mayor área, la que según plano de mensura y división del Agrimensor Dardo Barcelo Santurio, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de San José el 10 de junio de 1949 con el número 140 y autorizado por la Intendencia Municipal de San José por resolución del 21 de mayo de 1949, se señala como fracción uno y se compone de una superficie de 9 Ha 2234 ms 36 dm, que se deslinda así: 205 ms 5 cm al NE con terrenos de Sucesión de Benito Rodríguez; 451 ms 27 cm al NO con terrenos de Pablo Pérez sobre cuyo viento tiene la servidumbre de salida; 451 ms 7 cm al SE con terrenos de Juan Torres y 205 ms 5 cm al SO con fracción 2 del mismo plano. b) Fracción empadronada con el número 14.966 antes padrón 4685 en mayor área, la que según plano de mensura y división del Agrimensor Marcos Barbosa del 17 de noviembre de 1971, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de San José el 22 de noviembre de 1971 con el número 4568, se señala como fracción 2 y tiene una superficie de 7 Ha 8087 ms 30 dm, que se deslinda así: 205 ms 25 cm al SO con propiedades de Estancias Santallana SA y Brigido Balbiani, existiendo en toda la extensión de este límite una servidumbre de paso de 6 ms de ancho; 380 ms 80 cm al NO con los padrones 5187 y 4000, existiendo en toda su extensión una servidumbre de paso de 10 ms de ancho; 205 ms 25 cm al NE con la fracción 1 del mismo plano y 380 ms 10 cm al SE con los padrones 1943 y 5084. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta al momento de serle aceptada, más la comisión e IVA del martillero por la compra, y depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las ferias judiciales o semana de turismo. 2) Que será de cargo de la ejecución la comisión e IVA del rematador por la venta. 3) Que los títulos de propiedad del Inmueble a subastarse se encuentran de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno a disposición de los interesados. 4) Que tanto el mejor postor como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido en el art. 387.5 del CGP y su remisión al artículo 71 del CGP. 5) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada. 6) Que serán de cargo del comprador todos los gastos de escrituración, impuestos y demás que pone la ley a su cargo. 7) De la documentación antecedente, Compromiso de Compraventa de fecha 2 de octubre de 2008, en la cláusula Décimo Séptima se establece que los bienes se encuentran explotados por un tercero en calidad de comodatario, desconociéndose la situación actual. Se desconoce la existencia de deudas por construcción ante el B.P.S y la I.M de San José. Solamente podrá ser imputado al precio, los tributos necesarios para la escrituración. El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo (art. 387.2 literal f del CGP). 9) Se desconoce deuda de contribución inmobiliaria e Impuesto de Primaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, once de abril de dos mil dieciséis. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 5720 1/p 8360 Abr 15- Abr 15
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