Fecha de Publicación: 18/04/2017
Página: 107
Carilla: 107

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
DECIMOQUINTO TURNO

EDICTO: Por disposición del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 15° Turno, dictada en autos: "Vilariño Barreiro, Eugenio y Otros c/ Luciardi Romaniello, Andrea Giovanna y Otros - Juicio Ejecutivo". IUE 127-18/2005, se hace saber que el próximo 03 de mayo de 2017 a la hora 14:30, en la A.N.T.R.C.I. sito en la calle Uruguay 826, se procederá por parte del rematador Pablo Otero Muñoz, (Mat. 5.336, RUC 212658950017), asistido por la Sra. Alguacil del juzgado a la venta en pública subasta, sin base en pesos uruguayos el siguiente bien inmueble: 5/6 avas partes indivisas o derechos hereditarios en cuota parte indivisa del bien, del solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la 21ª sección judicial de Montevideo, zona suburbana, empadronado con el número 142.328, el que según plano del Agrimensor Luis de Mula, el que fue inscripto en la Dirección de Topografía el 27 de marzo de 1930, se señala con el número 88, consta de una superficie de 398 metros 82 decímetros, con frente a la calle Tomás Texera, puerta señalada con el número 5062, se deslinda así: 12 metros al sur-oeste de frente a la calle numero Uno -hoy Tomás Texera- puerta señalada con el número 5062, 33 metros 19 centímetros al nor-oeste lindando con el solar 89, 12 metros al nor-este lindando con propiedad de Roberto Costa y 33 metros 28 centímetros al sur-este lindando con el solar 87. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto y en efectivo, así como la constitución de domicilio dentro del radio de la Sede; el segundo mejor postor deberá proporcionar asimismo sus datos personales y constituir domicilio. 2) El saldo y demás rubros que se autoriza a imputar como parte del precio, deberá ser abonado a los veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a de la notificación del auto aprobatorio del remate, los cuales no se interrumpirán por las ferias judiciales ni la Semana de Turismo. 3) Asimismo serán de cargo de los compradores, la comisión de compra del rematador más I.V.A., o sea 3,66%, del precio del remate la que deberá ser abonada en el acto de remate. 4) Que será de cargo del demandado la comisión de venta del rematador más impuestos, o sea 1,22% del precio del remate. 5) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como su situación tributaria y contributiva. 6) Que se desconoce la situación ocupacional y las deudas de contribución inmobiliaria, impuestos municipales e Impuesto de Primaria, en cuanto al Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales por la parte vendedora y el Impuesto a la Renta a las Personas Físicas en caso de corresponder se devolverán luego de la escrituración del bien. 7) Se desconoce si existen deudas por OSE, BPS y el estado de las construcciones. 8) Solo podrá descontarse del precio lo que se adeudare por concepto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria e Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales. 9) El derecho de propiedad de quien adquiera el bien en el Remate estará condicionado a la retroactividad de la Partición en caso de existir una eventual partición posterior en virtud de ser derechos hereditarios. 10) Que los antecedentes dominiales de los inmuebles se encuentran de manifiesto y a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado calle Zabala 1367 Piso 4to piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Paola Herscovits, Actuaria Adjunta, Montevideo 20 de marzo de 2017. PAOLA HERSCOVITS, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 4805 1/p 8230 Abr 18- Abr 18
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