Fecha de Publicación: 17/04/2026
Página: 214
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "SCOTIABANK URUGUAY S.A. c/ RUBIÑOS VELAZQUEZ, RUBEN y otros - PROCESO DE EJECUCIÓN" IUE 2-43285/2020, Por disposición del Sr./Sra. Juez Letrado en lo Civil de 8° turno, dictada en autos caratulados "SCOTIABANK URUGUAY S.A. c/ RUBIÑOS VELAZQUEZ, RUBEN y otros - PROCESO DE EJECUCIÓN", IUE 2-43285/2020, se hace saber que el próximo 20 de mayo a las 14:30 horas, en Av. Uruguay 826, el martillero Juan Pablo Carrau, matricula 6688, RUT 216206960017, asistido por el señor Alguacil de la Sede, sacará a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, la mitad indivisa del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal número cero cero nueve (009) del Block A, que forma parte del edificio sito en la Localidad Catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, zona urbana, padrón matriz número DOCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA (12.430), construido de acuerdo al régimen de la Ley 10.751, modificativas y concordantes, el que actualmente se describe según plano de mensura y fraccionamiento horizontal de la Ingeniera Agrimensora Mónica Pamparato, de enero de 2022, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Ciudad de la Costa, el 25 de mayo de 2022 con el número 3521, que tiene una superficie de diecinueve mil doscientos cincuenta metros (19.250 metros), con 80 metros al Noreste de frente a la calle Tabaré, distando su punto extremo de su frente 115 metros 66 centímetros de la prolongación de la esquina con la calle Paraísos. La unidad se encuentra empadronada individualmente con el número DOCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA BARRA A BARRA CERO CERO NUEVE (12.430/A/009) y según el plano referido se ubica parte en planta baja y parte en primer piso, a cota vertical más cero metros treinta y cinco centímetros (+0,35 m) y más dos metros noventa centímetros (+2,90 m), respectivamente; posee una superficie individual de 31 metros 6 decímetros en planta baja y 31 metros 21 decímetros en primer piso, lo que hace una superficie total de 62 metros 27 decímetros, correspondiéndole el uso exclusivo de los bienes comunes Jardín "I" y Patio "R". SE PREVIENE: 1°) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 2°) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones. 3°) Existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 4°) El mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su postura el 30% de su oferta en carácter de seña, más la comisión del rematador del 3,66%, por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera, modificativas y decretos reglamentarios, así como la comisión e impuestos que la ley pone de su cargo. 5°) Será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador del 1,22% del precio, así como el 1% por concepto de Impuesto Municipal (Ley 12.700). 6°) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; y en caso de existir cuentas en juicio, solo podrá descontarse el monto del tributo, no así los honorarios judiciales que se originaren, los que serán de cargo del mejor postor. 7°) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpe por las ferias judiciales ni por la Semana de Turismo, debiendo la cancelación realizarse y documentarse de acuerdo con la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 8°) Que quien resulte mejor postor deberá tramitar previamente a la escrituración del bien, ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 9°) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296. 10°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, de la información registral y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado, sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Primer Piso, de la ciudad de Montevideo. El mejor postor debera tener presente lo dispuesto en el inciso final del articulo 390 del CGP 
 
Montevideo, 15 de abril de 2026.
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
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 20) $ 11355 1/p 7930 Abr 17- Abr 17
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