Fecha de Publicación: 03/04/2025
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Carilla: 110

REMATES
PODER JUDICIAL
MALDONADO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Maldonado de 3° Turno, dictada en autos: "EDIFICIO TORRE VERONA C/DIAZ WILFREDO Y OTRA EJECUCION DE HIPOTECARECIPROCA" IUE 294-150/2021, se hace saber que el próximo VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025 a partir de las 14:30 hs. en el local denominado La Casa Rosada Calle Dodera 869 entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por el Señor Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal número DOSCIENTOS OCHO (208) que forma parte del Edificio denominado "Torre Verona", regido por la ley 10.751, decreto reglamentario y disposiciones nacionales y municipales en vigencia, y reglamentaciones del Banco Hipotecario del Uruguay, construido en el terreno sito en localidad catastral Punta del Este, Departamento de Maldonado, Manzana Catastral número 33, padrón matriz número CIENTO NOVENTA Y OCHO (198), el que según Plano de mensura y división del Agrimensor Jorge Rodríguez Mata de marzo de 1987, aprobado por la Intendencia Municipal de Maldonado, el 24 de setiembre de 1987, en el expediente 187/4/87,e inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 5654, el 27 de diciembre de 1988, consta de una superficie de dos mil cuatrocientos cincuenta metros veinticinco decímetros cuadrados (2450m2 25 dmts.2) con: 49 metros 50 centímetros al Suroeste, de frente a la calle de 21 (La Galerna); 49 metros 50 centímetros al Noroeste, también de frente por ser esquina a la calle 22 (Juan Gorlero).- La unidad número 208, está empadronada individualmente con el número ciento noventa y ocho barra doscientos ocho (198/208) y según el plano relacionado se ubica en segundo piso a cota más 6 metros 77 centímetros, y consta de una superficie de treinta y cuatro metros treinta y ocho decímetros cuadrados, (34 m2 38 dm2),correspondiéndole el uso exclusivo de la terraza "R2" y de la cochera 91.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en carácter de seña, al serle aceptada la misma así como la comisión de compra del rematador más IVA o sea el 3,66% del precio del remate,. 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto y si superaren el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 de Unidades Indexadas) se deberá realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la ley 19.210 en la redacción dada por el art. 221 de la Ley 19.889 3) Serán de cargo del adquirente los gastos de escrituración, honorarios, y certificados. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo 5) Los antecedentes dominiales y demás documentación relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado, donde podrá ser examinada por los interesados. 6) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de los testimonios por exhibición agregados y de la información registral adjunta.. 7) Sólo podrá deducirse del precio del Remate por parte del comprador el monto de Contribución Inmobiliaria, el de Impuesto de Primaria que se adeuden al día del remate, el importe del impuesto a las transmisiones patrimoniales ITP 2% correspondiente al enajenante y demás tributos adeudados por el ejecutado que sean necesarios para la escrituración 8) Se desconoce el estado ocupacional del bien. Y a los efectos legales se hace una publicación diario oficial, diario local. Y página web del Poder Judicial. 
 
Maldonado, 02 de abril de 2025.
MICAELA JUDITH BONILLA NUÑEZ, Administrativo IV Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.
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 20) $ 8418 1/p 7421 Abr 03- Abr 03
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