Fecha de Publicación: 22/03/2019
Página: 67
Carilla: 67

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
PRIMER TURNO

                             REMATE JUDICIAL
                           Rdor. Assad Hajjoul
                      Tel. 29003099 Cel. 096 555 555
                           Sitio web: assad.uy

EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 13° TURNO, dictada en autos caratulados: "MIQUELARENA ALBERTO Y OTRO C/ GONZALEZ MEZQUITA ELENA Y OTRO. EJECUCIÓN DE SENTENCIA (Cobro de Pesos), IUE 27-27/2016" se hace saber que el 24 de abril de 2019 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en moneda nacional del siguiente bien inmueble: Padrón 17.138 ubicado en la localidad catastral y Departamento de Montevideo, según plano de mensura del Agrimensor Abel Biraben de febrero de 1926, inscrito en la Dirección de Topografía el 3 de noviembre de 1926, se señala con el número Uno de la manzana 513 B, tiene una superficie de 160 metros 21 decímetros 59 centímetros y se deslinda así: 8 metros 58 centímetros de frente al Suroeste a la calle Marcelino Berthelot (antes Independencia) entre las calles Arenal Grande y Emilio Reus, con puertas de acceso números 1785, 1787 y 1787 bis; distando el punto medio de su frente 13 metros 02 centímetros de la última nombrada; 18 metros 66 centímetros al Noroeste con el solar 2, padrón 17.137; 8 metros 61 centímetros al Noreste con parte del solar número 3, padrón 17.536 y parte del 17.140 y 18 metros 62 centímetros al Sureste con padrón 17.139 y parte del padrón 17.140. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden, los que deberán se abonados en el acto de remate con letra de cambio. 2) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar copia de los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 3) Únicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha del remate. 4) Se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones si las hubiere. 5) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 6) El inmueble fue declarado Monumento Histórico por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura. 7) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, lo que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los D.D.H.H. 1309 piso 2. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 14 de marzo de 2019. Dra. Esc. Ma. del Carmen Roldán, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 5348 1/p 6982 Mar 22- Mar 22
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