Aviso de Remate N° 6812/018
Fecha de Publicación: 03/04/2018
Página: 73
Carilla: 73
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SEXTO TURNO
Remate Judicial
Rdor. Silvio Rienzi
2508 2383 - 094 448 333
EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de 1ra. Instancia en lo Civil de 6° TURNO dictada en Autos caratulados: "ROMANO FRANCISCO E INVERNIZZI MARIA EN AUTOS "NICOLA ARIEL Y OTROS C/ COSTA GOMEZ ROSALIA Y OTROS- EJECUCION HIPOTECARIA - I.U.E. 30-32/2013", se hace saber que el próximo 25 de abril de 2018, a las 16:30 hs. en el Salón de la A.N.R.T.C.I. sito en la Av. Uruguay 826, el Martillero Silvio Rienzi Mat. 4567. Rut 212218140017, en diligencia presidida por el Sr. Alguacil del Juzgado, procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor en dólares americanos, del siguiente bien inmueble: solar y mejoras que le acceden sito en la octava sección judicial del Departamento de Canelones, zona sub urbana Localidad Catasatral, San Luis, empadronado con el número DOS MIL CUATROCIENTOS SIETE (2407) (antes 17.628 rural en mayor en Mayor Área), señalado como solar DIECISEIS de la manzana TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (354), en el plano del Agrimensor José Meier de febrero de 1945, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el número 2578, el 21 de febrero de igual año, según el cual consta de una superficie de trescientos cuarenta y tres metros ochenta y seis decímetros (343,86 MTS.) que se deslindan así: 12 metros al Sur-Oeste de frente a la calle Simón Bolívar, entre 18 de julio y 25 de mayo, 27 metros 65 centímetros al Nor-Oeste lindando con el solar 17 (Padrón 2408); 12 metros 17 centímetros limitando al Nor-Este con parte del solar 18 (Padrón 2409) y 29 metros 66 centímetros al Sur-Este confinando con el solar 15 (padrón 2406), todos del mismo plano y manzana. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de seña y abonar el 3,66% del precio, por concepto de comisión e impuestos al Rematador. Todo en el acto con letra de cambio o cheque certificado. 2°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y del expediente. 3°) Que existe deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Educación Primaria únicos rubros imputables al precio, hasta la fecha del remate) 4°) Que no se dio cumplimiento al Art. 178 de la Ley 17.296 (caracterización urbana). 5°) Que se desconoce la existencia de deudas con el BPS por construcciones y el estado ocupacional del bien. 6°) Que el mejor postor deberá consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 7°) Que será de cargo de la parte demandada la comisión de venta del Martillero e impuestos o sea el 1.22% del precio del remate y el 1% de impuesto departamental. 8°) Que el mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el Sr. Rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario N° 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 9°) Que los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado (Palacio de los Tribunales) Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1°. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 22 marzo de 2018.- Esc SUSANA FERNANDEZ, Actuaria Adjunta.
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20) $ 4814 1/p 6812 Abr 03- Abr 03
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