Fecha de Publicación: 22/03/2018
Página: 137
Carilla: 137

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOQUINTO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 15° turno, dictada en autos caratulados "LANUFAR S.A. C/ LOPEZ OLIVERA, TERESA" Ejecución de Hipoteca IUE: 2-32920/2017, Se hace saber que el próximo 25 de Abril a las 15:30 horas en el local de la Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliario sito en la Av. Uruguay 826 se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la señora alguacil a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal 002, Leyes numero 10.751 por Ley 14.261 del edificio construido en el terreno sito en la 10ª Sección Judicial de Montevideo. Localidad Catastral Montevideo, Padrón matriz Numero sesenta y un mil trescientos ocho, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Ingeniero Agrimensor Carlos Macazaga de octubre de 1981 con el numero 95.508, consta de una superficie de cuatrocientos treinta y tres metros veinte decímetros y su frente de 10,83 metros da al Oeste a la calle Michigan, entre la calle Orinoco y la Rambla O'Higgins, distando su punto medio 16,00245 metros de la esquina formada con la primera de las nombradas. La unidad 002, Padrón individual Numero sesenta y un mil trescientos ocho/ cero cero dos, se ubica en Planta Baja y Primer Piso a cotas verticales mas 10 centímetros y mas 2.560 metro, respectivamente y tiene las siguientes superficies sesenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros, también respectivamente, con una superficie total de setenta y ocho metros veintinueve decímetros y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: Jardín B, Terreno D, Pasaje F, Porche H, Azotea B1, Azotea G1 y Azotea A2. SE PREVIENE: 1- Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador todo lo que asciende al 3% más iva de la oferta en el acto; con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica desde banco de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210 y su decreto reglamentario 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del rematador o sea 1% más iva, así como los gastos originados por el mismo. 3- Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, información registral y expediente. 4- A setiembre de 2017 no existe deuda por Contribución Inmobiliaria ni Tributo de Enseñanza Primaria, únicos tributos que podrán imputarse al precio hasta la fecha de remate. 5- Se desconoce la situación ocupacional del bien y si existen deudas por construcciones (BPS/IMM) 6- El inmueble padrón 61.308posee dos unidades absolutamente independientes, que no hay Administrador ni tiene gastos comunes. 7- No cumple con el art. 178 Ley 17.296. 8- Los títulos de propiedad, antecedentes, planos y certificados se encuentran a disposición de los interesados, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 1. Montevideo 15 de Marzo de 2018. Esc. Adriana Vázquez Fresco, ACTUARIA.
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 20) $ 4186 1/p 6256 Mar 22- Mar 22
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