Aviso de Remate N° 6195/026
Fecha de Publicación: 25/03/2026
Página: 214
Carilla: 214
REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Paysandú de 6° Turno, dictada en autos: "BANCO BANDES URUGUAY S.AC/SUCESORES DE LILA TIJANOVICH LECHUK Y OTROSJUICIO EJECUTIVO" IUE 305-289/2015, se hace saber que el día 23 de abril de 2026, a las 14:00 horas, en el local de Avda. Wilson Ferreira Aldunate 1678, por intermedio del martillero Javier Jolochin, Matrícula 5496, RUT: 120196180016, asistido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en pública subasta en dólares americanos, sin base y al mejor postor, del 25% del siguiente bien inmueble: Fracción de chacra y mejoras que le acceden, ubicada en la Colonia Ofir, Tercera Sección Judicial del Departamento de Río Negro, padrón mil ochocientos ochenta y ocho (1888), señalada con el número sesenta y cuatro, en el plano del Agrimensor Adolfo O. Musso, de marzo de mil novecientos veintitrés, inscripto en la Inspección Técnica Departamental de Empadronamiento de Paysandú, con el número sesenta y cuatro, el veinte del mismo mes y año, el cual tiene una superficie de cuarenta y cinco hectáreas y el siguiente deslinde: al Noreste, cuatrocientos metros de frente a Camino Vecinal por medio con fracción setenta y nueve, igual extensión al Suroeste con Camino Vecinal por medio con fracción cuarenta y seis, parte; al Sureste mil ciento veinticinco metros limitando con fracción sesenta y cinco e igual extensión al Noroeste, limitando con la fracción sesenta y tres. SE PREVIENE 1)- Que el remate se realiza en dólares estadounidenses, debiendo el mejor postor consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, así como el 3.66 % de comisión e impuestos de conformidad con lo dispuesto por la Ley 19210 y sus modificativas. 2) La seña y el precio deberán abonarse conforme a la ley N° 19.210 y sus modificativas. 3) El bien sale a la venta en el estado en que se encuentra. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien, la regularidad de las construcciones y las deudas por tributos. 5) El remate se efectúa en las condiciones que surgen del expediente. 6) El estudio de títulos se realizó en base a documentación supletoria la que se encuentra agregada al expediente para su consulta. 7) El mejor postor podrá descontar del precio las deudas de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP (2% vendedor) e IRPF. EN FE DE ELLO: Siento el presente que sello signo y firmo en la ciudad de Paysandú. Dra. María Noel Silvestre Perez. Actuario adjunto.
Paysandú, 23 de marzo de 2026.
MARÍA NOEL SILVESTRE PEREZ, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 6369 1/p 6195 Mar 25- Mar 25
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