Fecha de Publicación: 01/03/2019
Página: 89
Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
VIGÉSIMO TURNO

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 20° Turno en autos caratulados BRIEN PIVOTTO, EMILIO c/ PEREZ NOVARO, ELDA y Otro- Proceso de Ejecución IUE 2-8345/2016 se hace saber que el 22de Marzo de 2019 a partir de la hora 13:30 en los salones de la ANRCI sitos en Av. Uruguay 826 se procederá por intermedio del martillero JULIO MARÍA SOSA GARCÍA matrícula 3738 Rut. 210932800017 presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, al remate en dólares Usa sin base y al mejor postor del siguiente bien inmuebles; Solar y edificio, sito en la 19ª sección judicial de Canelones, localidad catastral Ciudad de la Costa, antes Solymar empadronado con el N° TRECE MIL VEINTISIETE, antes en mayor área con el N°. siete mil setecientos setenta y dos el que de acuerdo con el plano delos Agrimensores José Richero, César A. Herrera y Francisco Camarano de Enero de 1950 inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 5547 el 17 de Febrero de 1950 se describe como solar 4 de la manzana 11 padrón trece mil veintisiete, superficie setecientos ochenta y nueve metros cuarenta y ocho decímetros y se deslinda así; 7,46 metros de frente al sureste a la calle número 1 de veinte metros de ancho; ochava constituida por línea curva que corresponde a un círculo de 15 metros de radio y cuyo desarrollo es de veinte centímetros; 19,60 metros al Este de frente a la calle N°. dos; 29,02 metros al norte lindando con solar cinco y 37,48 al suroeste lindando con parte del solar 3 todos del mismo plano. SE PREVIENE 1) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad 2) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia Municipal de Canelones. 3) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria y de impuesto de Enseñanza Primaria 4) El mejor postor resultante deberá consignar la seña del 30% al momento de la subasta por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera 5) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración, como ser Contribución Inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria hasta el momento de la subasta. 6) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 40 de la Ley 19.210 y su decreto reglamentario. 7) Que serán de cargo del comprador resultante los gastos de escrituración, honorarios, certificados y todos los que la Ley pone de su cargo, así como la comisión del martillero e IVA o sea 3.66% del precio martillado, lo que deberá pagarse en el acto. 8) Serán de cargo del expediente la comisión de venta 1.22% así como los gastos originados por la subasta 9) Se advierte la facultad el martillero, previsto en el art. 386 del CGP. En la redacción dada por la Ley 19090. 10) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 primer piso, de la ciudad de Montevideo Y a los efectos legales se hace esta publicación en Montevideo el 21 de Febrero Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 5539 1/p 4585 Mar 01- Mar 01
Ayuda