Aviso de Remate N° 4093/025
Fecha de Publicación: 05/03/2025
Página: 120
Carilla: 120
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSEXTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 16° Turno, dictada en autos: "FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE EMPLEADOS Y OBREROS DE CUTCSA c/ MOROSINI Y/O SUCESORES, MARILU - EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 2-4857/2021, se hace saber que el día 19 de marzo de 2025 a las 15:00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Maximiliano Fain, Matrícula N° 6.273 R.U.T. 216618120016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Unidad 001 que forma parte del edificio construido incorporado al régimen de propiedad horizontal ley 10.751 y 14.261 en el terreno sito en la 17ª sección judicial de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz número 79.145 que según plano de Mensura y Fraccionamiento Horizontal del Agrimensor Juan Gambini de mayo 1988 inscripto en la Dirección General de Catastro con el numero 12.885 el 12 de agosto de 1988 tiene una superficie de 537 metros y 62 decímetros y se deslinda así: 12 metros 50 centímetros de frente al Noreste a la Calle Carreras Nacionales y 43 metros 2 centímetros al Sureste también de frente por ser esquina a la calle Emilio Zola puerta 1731. La unidad 001 esta empadronada individualmente con el número 79.145/001 y de acuerdo con el plano citado tiene una superficie de 102 metros 51 decímetros y se ubica en planta baja a cota vertical más 20 centímetros y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes Patio de Aire y Luz A azotea D1 y E1, acceso azotea G1 y proyección techo G2. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (12,20%). Dicho pago deberá realizarse en el acto de serle aceptada la postura, lo que podrá hacer mediante cualquier medio de pago hasta el equivalente a la suma de U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón). Todo pago en exceso de dicho monto deberá abonarse mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 2,44%. 3) Que se desconoce la situación ocupacional del bien. 4) Que se solicitó informe de deuda a la Intendencia de Montevideo del que surge deuda de Tasa General, de Saneamiento y de Contribución Inmobiliaria al 15/01/2024, así como deuda del Impuesto de Primaria al 31/05/2024, este junto con el Impuesto de Contribución son los únicos rubros a descontar por el mejor postor del saldo de precio de la subasta. 5) Que se desconoce la existencia de arrendamientos. 6) Que se desconoce la situación tributaria ante el BPS por las construcciones. 7) Que según certificado notarial expedido por la Escribana Natalia Melo se certifica que dicha unidad no paga gastos comunes por no poseer servicios en común. 8) Que el estudio se realizó en base al último título, antecedentes, plano, reglamento de copropiedad e información registral y de lo que surge del expediente, los mencionados títulos se encuentran en la Sede del juzgado Ldo. En lo Civil de 16 turno, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 1° piso.Montevideo veinticuatro de Febrero de Dos mil veinticinco.-
Montevideo, 28 de febrero de 2025.
ANDREA VANINA VILA LECHINI, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 7753 1/p 4093 Mar 05- Mar 05
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