Fecha de Publicación: 01/02/2018
Página: 87
Carilla: 87

REMATES
PODER JUDICIAL
COLONIA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO

Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Colonia de 2° Turno en autos caratulados: "DIRECCION GENERAL DE IMPOSITIVA C/ CHIAZZARO RODRIGUEZ, NELSON".- "PROCESO EJECUTIVO", I.U.E: 223-451/2005 se hace saber que el día 22 de febrero del año 2018, a la hora 9:30 en las puertas del Juzgado Letrado de Colonia de 2° turno, ubicado en la calle Rivadavia 373 entre Lavalleja e Intendente Suárez de la ciudad de Colonia, se procederá por intermedio del martillero Richard Brunelli, Matricula 6260, R.U.T 040398890012, asistido por el Sr. Alguacil de la Sede, a la venta en remate público, en Dólares Americanos, sin base y al mejor postor, del bien inmueble, un solar de terreno, con el edificio en el construido y demás mejoras que le acceden, sito en la primera sección judicial del departamento de Colonia, localidad catastral Colonia, zona urbana de la ciudad del mismo nombre, manzana Catastral N° 140, empadronado con el numero 4040 (cuatro mil cuarenta), con una superficie de 320 metros con frente a Avda. Dr. Baltasar Brum N° 629 de dicha ciudad. SE PREVIENE: 1°) Que la venta será en Dólares Americanos, debiendo el mejor postor consignar al momento de serle aceptada la oferta, el 50% del precio subastado en concepto de seña, en efectivo al contado o en letra de cambio y en el acto. 2°) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo así como también la comisión e impuestos del Rematador o sea el 3,66% del precio subastado en el acto del remate. 3°) Que serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador (1%) más IVA (0,22%), así como el impuesto Departamental (Ley 12.700 1%) totalizando 2,22% del precio del remate; así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 4°) Existen deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 5°) Se desconoce la situación ocupacional del bien y de adeudados con el B.P.S. por aportes a la construcción, así como también deudas ante otros organismos y por diferentes conceptos. 6°) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, pudiéndose descontar únicamente la deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7°) El bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de los certificados regístrales y la documentación agregada en autos. 8°) Que los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en el Juzgado Letrado de Colonia de 2° turno. Y a los efectos legales se realizaran dos publicaciones en el Diario Oficial y en un periódico local.
Colonia, 08 de Diciembre de 2017.- ESC. JULIO UMPIERREZ, ACTUARIO ADJUNTO.
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 20) $ 3864 1/p 382 Feb 01- Feb 01
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