Fecha de Publicación: 14/12/2018
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Carilla: 125

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO

EDICTO.- Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Décimo Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/ ROSSI STABILE, RENATO y Otros- Ejecución Hipotecaria"- Ficha IUE- 21-494/2002, se hace saber al público que el día 19 de Diciembre próximo, a partir de las 10 Y 30 horas y en el local de la Asociación Nacional de Rematadores, calle Uruguay No. 826, se procederá por intermedio del martillero Abel Vicente Lapizaga, mat. 1573- RUT- 080000270014, asistido del Sr. Oficial Alguacil de esta Sede, a la venta en pública subasta, sin base y en dólares americanos de los siguientes inmuebles: Dos solares de terreno baldíos sitos en el Departamento de Canelones, localidad catastral Las Piedras, zona urbana, los que según plano de mensura y fraccionamiento del Ing. Agr. Gerardo Pessano Delfino de marzo de 1998, inscripto en la Oficina Dptal. de Catastro de Canelones, el 3/6/1998 con el N° 11.572, según el cual ambos pertenecían al Padrón en mayor área N° 12.133 del que derivaron los actuales padrones a saber: A) Padrón actual número DIESCISIETE MIL NOVECIENTOS TRECE, (17.913) se señala como solar número nueve, consta de una superficie de cinco mil cuatrocientos setenta metros, ochenta y un decímetros (5.470.81 dms.) y se deslinda así: setenta y dos metros veintiocho centímetros (62 mts. 28 cms.) de frente al Suroeste a calle existente de 8 metros de ancho; al Noroeste línea quebrada de 5 rectas que corren y miden, a saber: la primera de suroeste a noreste de 50.10 metros linda con los solares 1, 2, 3 y 4, la segunda de sureste a noroeste de 1 metro y linda con parte del solar 4, la tercera de suroeste a noreste de 96.54 metros y limita con los solares 5- 6- 7- 8 y parte del 10, la cuarta de noroeste a sureste de 3.26 metros y la quinta de suroeste a noreste de 15.02 metros; estas dos limitan con parte del solar 10; treinta y un metros con treinta centímetros (31.30) al noreste limita con parte del solar 10 (calle proyectada); y al Sureste Arroyo Las Piedras (no surge extensión).- Los solares citados pertenecen todos al mismo plano.- B) Padrón actual número DIESCISIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE (17.915) se señala como Solar Número Once, consta de una superficie tres mil cuatrocientos setenta y ocho metros, con treinta y cuatro decímetros, (3.478 mts. 34 dms.) y se deslinda así: cuarenta y ocho metros catorce centímetros (48 mts. 14 cms.) al Noreste de los que 15.37 metros tienen frente a calle Dr. Francisco Soca y 32.77 metros lindan con parte del solar 10; setenta y dos metros doce centímetros (72.12 ms), al Sureste con parte del solar 10; cuarenta y ocho metros (48 mts) al Suroeste limitando con los padrones 15.135, 15.134, 7389 y 7388; y setenta y dos metros sesenta cms. (72.60 ms) al Noroeste linda con los padrones 14674, 14673- 14672- 14671 y 2236, según plano del Agr. Gerardo Pessano Delfino de marzo de 1998.- SE PREVIENE.- I) Que el mejor postor deberá consigna el 30% de su oferta, así como la comisión del martillero que es el 3% más IVA, en total el 3.66% al serle aceptada la misma, y en dólares americanos, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare la U.I. 40.000, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque certificado cruzado no a la orden y a nombre del rematador, o transferencia electrónica, cumpliendo con las leyes 19.210 y 19.478 y decretos reglamentarios.- II) Será de cargo de la demandada la comisión del 1% más IVA sobre el precio de venta más 1% del Impuesto Municipal (Ley 12.700), en total el 2.22% sobre el precio martillado.- III) Se desconoce si los inmuebles se encuentran ocupados, y la existencia de adeudos por construcción ante I.M. de Canelones y el B.P.S..- IV) Existen deudas de Contribución Inmobiliaria y de Impuestos a Enseñanza Primaria, tributos que podrán ser imputado al precio a los efectos de la escrituración.- V) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo.- VI) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente a de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpira por las ferias Judiciales ni por semana de Turismo.- VII) Que los gastos de certificados y honorarios de escribano para la titulación del bien, serán de cargo del comprador.- VIII) Que la documentación están a disposición de los interesados en esta Oficina Pasaje de Los Derechos Humanos 1309 Tercer Piso.- A los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Montevideo, Diciembre, 13 del 2018.- Esc. GABRIELLA CARBONE GUERRA, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) $ 6960 1/p 36458 Dic 14- Dic 14
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