Fecha de Publicación: 06/12/2019
Página: 152
Carilla: 152

REMATES
PODER JUDICIAL
SORIANO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DOLORES
PRIMER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Dolores de 1° Turno, dictada en autos: "GONZALEZ CROCCANO, VICTOR OMAR C/ PLANCHON FREDES, LUIS WINSTON Y OTROS.PARTICION DE BIENES." IUE 382-67/1989, Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Dolores de 1° turno en los autos caratulados: "GONZALEZ CROCCANO, VICTOR OMAR C/ PLANCHON FREDES, LUIS WINSTON Y OTROS. PARTICION DE BIENES." I.U.E 382-67/1989, se hace saber que el día 19 de diciembre de 2019 a la hora 12, en las puertas del Juzgado Letrado de Dolores, sito en calle Sotura 1234 de esta Ciudad, por el Martillero designado en estos autos, Sr. Ivan ZINOVEEV, con matrícula N° 6762, RUT N° 130180810012, presidido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en subasta pública del siguiente bien inmueble: fracción de chacra con los alambrados y mejoras que contiene y le acceden ubicado en el Paraje "La Loma", segunda sección catastral del departamento de Soriano, empadronado con el N° 174, que según plano de mensura del Agrimensor Alejandro Ferreira Fernández, de agosto de 1988, inscripto en la Oficina Dptal. de Catastro de Soriano con el N° 6625 el 18 de agosto de 1988 se compone de una superficie de 20 hás. 7838m, y se deslinda así: al NO 265m 78 cm con parte del padrón 142, camino vecinal de 20m 10 cm por medio; al NE línea quebrada compuesta de tres tramos rectos que miden 501m 58cm, 128m 37cm y 502m 27cm, que hacen martillo entre sí, la primera orientada de NO a SE que linda con el padrón 177, la segunda de NE a SO con el padrón 175, y la tercera que corre igual que la primera y también linda con el padrón 175; al SE 145m 35cm con parte del padrón 167 camino vecinal de 19m 56cm por medio, y al SO 1004m 74cm con los padrones 5798 y 77. SE HACE CONSTAR QUE: a) Saldrá a la venta en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor. b) El mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura y el resto a los 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, debiendo cumplirse con los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera y normativa concordante en lo que corresponda. c) Será de cargo del comprador la comisión e IVA de compra del martillero. d) El mejor postor podrá descontar del precio del remate la Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria (si correspondiere) que se adeudare. SE ADVIERTE que: 1) Se ignora la situación de ocupación del inmueble y de regularización de sus construcciones ante las Oficinas Públicas correspondientes. 2) El bien se adquiere en las condiciones que surgen del expediente y titulación obrante en la Sede para su consulta, y en su actual estado jurídico y material sin derecho a reclamación alguna. 3) De la información registral surge inscripción de arrendamiento rural de fecha 24/9/1989 del inmueble objeto de remate a favor del copartiente José Pedro ACUÑA EROZA, con plazo vencido. 4) A las personas cuyo capital esté representado por acciones al portador, lo previsto en el art. 1 de la Ley 18.092 en redacción dada por art. 349 de la ley 18.172, por ser el padrón 174 un inmueble rural. A los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
 
Dolores, 05 de diciembre de 2019
BRUNO ELIGIO LORENZELLI LUCAS, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6120 1/p 35988 Dic 06- Dic 06
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