Fecha de Publicación: 11/12/2018
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMONOVENO TURNO

                         GERARDO GOMES de FREITAS
                             Remate Judicial

EDICTO. Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 19° Turno dictada en autos caratulados: "LLOMBART ROCCA, MARTHA ELSA c/ SINISCALCHI, MIGUEL ANGEL- Crédito Hipotecario", IUE 2-22956/2006, se hace saber que el próximo 18 de diciembre de 2018 a las 12 y 30 horas en el Local de Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula N° 2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público, sin base y al mejor postor y en dólares americanos, por separado, los siguientes bienes Inmuebles: tres solares de terrenos baldíos ubicados en la 5° sección judicial y catastral del Departamento de Maldonado, paraje Balneario Solís, zona suburbana, empadronados en mayor área con el N° 1431 que según a) plano del Agrimensor J. J. Gomensoro Correa de marzo de 1953, inscripto en la DGC el 15/10/1954 con el N° 2069, b) plano de parcelamiento de los Agrimensores César Gomensoro y Juan J. Gomensoro Correa inscrito en la DGC el 21/07/1965 para la manzana "A" y c) lámina E1 del plano para expropiación de agosto de 1995 del Agrimensor Danilo Rostan inscripto en la ODC de Piriápolis con el N° 493 el 28/12/1996 para la manzana "E", se describen: LOTE 1: padrón N° 994 señalado como solar 1 de la manzana "E" consta de una superficie de 1.676 m 62 dm y se deslinda: 57 m al SO de frente a la calle Albion; 13 m 15 cm al NO de frente a la calle de 17 m uniendo ambos frentes ochava curva, línea quebrada de 2 tramos de 19 m 50 cm al NE lindando con solar 2; 30 m 78 cm al SE lindando con espacio verde; LOTE 2: padrón 998 señalado como solar 5 en la manzana "E" consta de una superficie de 1.158 m y 1 dm que se deslinda: línea quebrada al NE de 2 tramos de 29 m 68 cm y 29 m 39 cm de frente a la calle de 17 m; 18 m 61 cm al SE lindando con espacio verde; 46 m al SO lindando con padrón 997 y 30 m 50 cm al NO lindando con padrón 997; LOTE 3: padrón 997 señalado como solar 4 de la manzana "E" consta de una superficie de 1.874 m 75 dm y se deslinda: línea curva de 18 m al NE de frente a calle de 17 m, línea quebrada de 2 tramos al se de 30 m 50 cm; 46 m lindando lindando con el padrón 998, 21 m al SE lindando con espacio verde; 53 m al SO lindando con solar 2 y 54 m 5 cm al NO lindando lindando con solar 3.- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por cada inmueble como seña el 30% de su oferta en el acto, en dólares estadounidenses, al bajarse el martillo más la comisión e impuesto de compra del Rematador o sea el 3,66% respectivamente del precio del Remate. 2°) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 3°) Que será de cargo del expediente la comisión más impuestos de venta del Rematador o sea el 1,22% del precio del Remate. 4°) Que el 1% del Impuesto Municipal será de cargo del expediente. 5°) Que se desconoce la situación ocupacional y contributiva de los inmuebles, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere.- 6°) Que únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha del remate.- 7°) Que los inmuebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, los que se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2°.- 8°) Que el mejor postor deberá consignar la seña, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y sus modificaciones.- 9°) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar constancia de los medios de pago (previstos por le Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos.- Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones.- Montevideo, 30 de noviembre de 2018.- Dra. MARTIN MOLLER CAL, ACTUARIO ADJUNTO. 
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 20) $ 6786 1/p 35953 Dic 11- Dic 11
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