Fecha de Publicación: 06/12/2018
Página: 667
Carilla: 667

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SÉPTIMO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo civil de 7mo. Turno, dictada en los autos caratulados GIUCCI RICARDO C/ VILLAAMIL GABRIELA Y OTRO EJECUCION DE HIPOTECA. IUE 2-15404-2018 se hace saber:
Que el próximo día 18 DICIEMBRE de 2018 a las 11:30 horas, en el salón PRINCIPAL de remates de la Asociación Nacional de Rematadores, sito en la calle Uruguay 826, de la ciudad de Montevideo, por intermedio del martillero María Noel Castro, matricula 6491, RUT 215997780011, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede se procederá a la venta en remate público, en Dólares Americanos, sin base y al mejor postor, del siguiente bien: SOLAR de terreno baldío, ubicado en el departamento de Maldonado, Zona Urbana, Localidad catastral de Punta del Este, Barrio San Rafael; descripto en el plano del Agrimensor Antonio Asuaga Nougue de octubre de 1959, inscripto en Catastro con el numero 2.634 el 11 de mayo de 1960, de la siguiente forma: solar 21, padrón CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS (5922) con un área de mil un metros con treinta y tres decímetros (1001.33 dm) que se deslindan así: al Noroeste 4,30 metros y 17,19 metros en dos rectas de frente a calle de 17 metros de ancho; al Suroeste 46,64 metros linderos con el solar 22; al Sureste dos rectas de 3.38 y 18,09 metros linderos con el solar 14; al Noreste 46,84 metros linderos con el solar 20, todos del mismo plano.
SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador más IVA, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare la U.I. 40000 (unidades indexadas, cuarenta mil), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así, con lo dispuesto por las leyes número 19210 y 19478 y sus decretos reglamentarios. Deberá abonar también en el acto el 1% de Impuesto Municipal sobre el precio del remate. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e IVA - o sea- 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e IVA - o sea - el 1,22% del precio de remate. 4°) Que el bien se remata en las condiciones que resultan de la documentación, la que fue agregada por testimonio notarial, plano e información registral y de la Intendencia de Maldonado. 5°) SE PREVIENE Que se desconoce el estado ocupacional del bien, que del precio de la subasta solo se podrán descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria 6°) Que de la información de la Intendencia departamental de Maldonado, surge que el bien registra un convenio por concepto de CONTRIBUCION INMOBILIARIA. 7°) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. Que no se interrumpirá ni por la feria judicial ni por la semana de turismo. Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de la Sede Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 1er piso, Montevideo, 28 de noviembre de 2018. Esc. Jacqueline Chico Salgado, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 5046 1/p 35383 Dic 06- Dic 06
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