Fecha de Publicación: 04/12/2018
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSEXTO TURNO

                              MIGUEL H WOLF
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO. Se hace saber que por disposición del Sr Juez Ldo de 1ª. Instancia en lo Civil de 16° Turno, dictada en autos caratulados: "BANCO SANTANDER SA C/ SANTOS MARTINEZ, Sandra y otro- Ejecución de Hipoteca- IUE 2-54343/2017" el próximo 12 de diciembre a las 12 y 30 horas en la ANRTCI sito en la Avda. Uruguay N° 826- el martillero Miguel H Wolf- Mat 1454- procederá en acto presidido por el Alguacil de la Sede a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble, sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden: solar de terreno ubicado en la zona urbana de la localidad catastral de Las Piedras, antes 4ª. Sección Judicial del Depto de Canelones, empadronado con el número diecisiete mil doscientos ochenta y cinco (17.285) antes en mayor área con el número 89, que por plano de mensura y fraccionamiento del Ing. Agrimensor Horacio Vega, de setiembre de 1988 inscripto en la Dirección Gral de Catastro Nacional -Montevideo- el día 7/12/1988 con el N° 2568, se señala como Solar 2, según el cual consta de una superficie de 232 m. 70 dm. que se deslindan así: 13 m al Este de frente a la calle José Pedro Varela, distando su punto medio más próximo de su frente 33,5 metros a la esquina que forma con la calle hoy Wilson Ferreira; 17.90 m al Sur linda con el Solar 1 del mismo plano; l3 metros al Oeste linda con parte del padrón 90 y 17.90 m al Norte linda con parte del padrón 3111.- SE PREVIENE: a) El estudio de títulos se realizó en base a los títulos originales, testimonios, fotocopias simples y certificados registrales y del expediente los que encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado- Palacio de los Tribunales- sito en Pasaje de los Derechos Humanos N° 1309 Piso 1°; b) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 30% de la misma debiendo consignar el saldo de precio ofertado en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto de aprobación del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo (art. 387.2 lit f) CGP); c) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador más IVA, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare la UI 40.000 (unidades indexadas cuarenta mil), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica en una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así lo dispuesto por las leyes números 19.210 y 19.478, y sus decretos reglamentarios; d) Que se desconoce la situación tributaria de las construcciones frente a BPS; e) Que se desconoce el estado ocupacional del bien; f) Se solicitó informe de deuda ante la Intendencia de Canelones del que surge deuda por Contribución Inmobiliaria, así como deuda del Impuesto de Enseñanza Primaria únicos rubros a descontar por el mejor postor del saldo de precio de la subasta; g) Se desconoce la existencia de arrendamientos; h) Que el mejor postor deberá abonar en concepto de Comisión el 3,66% del precio martillado; i) Que será de cargo de la parte demandada de autos la comisión de venta que asciende al 1.22% del precio martillado y el pago del Impuesto Departamental 1%; j) Que serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios necesarios a efectos de realizar la titulación y registración del inmueble a su nombre; k) El mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración; A los efectos legales se efectúa la publicación del presente por un (1) día; Montevideo, 26 de noviembre de 2018.- Esc. A. VANINA VILA LECHINI, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) $ 6090 1/p 35032 Dic 04- Dic 04
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