Fecha de Publicación: 29/11/2018
Página: 87
Carilla: 87

REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS PIEDRAS
TERCER TURNO

EDICTO; Por disposición del Juez Letrado de 1ra. Instancia de Las Piedras de 3° Turno, dictado en autos caratulados "GRUPO TRAVERSA S.A C/ SUCESORES ANGEL SPIGNOLO.", Juicio Ejecutivo Hipotecario; IUE 171/130/2017; se hace saber que el próximo 21 de diciembre a las 12:30 hs, en las puertas de la sede J. Batlle y Ordoñez 674 de la ciudad de Las Piedras, se procederá por intermedio del martillero Lorenzo Hernández Möller, matricula 5605, asistido de la señora Alguacil de la sede, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor, en dólares estadounidenses el siguiente bien inmueble: Fracción de campo con sus construcciones y demás mejoras sita en la zona rural de la décimo séptima sección judicial de Montevideo, sección catastral Montevideo Rural, empadronada con el número noventa y seis mil sesenta y siete (96.067), antes en mayor área con el mismo número y con el número 129.454, señalado con el número 1 en el plano de mensura y reparcelamiento del Ingeniero Agrimensor Enrique W. Abba de diciembre de 1988, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el número 13.839, el día 27 de febrero de 1989, según el cual se compone de una superficie de catorce hectáreas seis mil quinientos sesenta y nueve metros y se deslinda así: al Sureste, linea quebrada compuesta de tres tramos rectos orientados de Noreste a Suroeste, de Sureste a Noroeste y de Noreste a Suroeste, que miden metros 64,15; metros 254,90; y metros 412;75 respectivamente y lindan el primero con frente al Camino de las Américas, el segundo con el padrón número 92.527 y el último con el padrón últimamente citado y con parte del 405.231; por el Suroeste, una recta de 262 metros 10 centímetros que limita con el padrón 92.530; al Noroeste metros 510,95 lindando con parte del padrón 93.603, con el padrón 93602 y con parte del padrón 92534; y al Noreste, línea quebrada compuesta de dos tramos rectos de metros 268,85 y metros 255,27 que confinan con la fracción 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de remate, en carácter de seña, abonando la misma y posterior integración de precio con medios de pagos admitidos por la Ley 19210 de inclusión financiera y decretos reglamentarios.- 2) Sera de cargo del comprador la comisión de compra del rematador e impuestos que asciende a 3,66% del precio.- 3) Los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a cargo del comprador, serán de cargo del mejor postor.- 4) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional como así también, situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, etc).- 5) Existen deudas por contribución inmobiliaria desconociéndose por Impuesto de Enseñanza Primaria únicos rubros imputables al precio salvo otro que quedara a disposición de la Sede. El Remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, titulación agregada y la información registral adjunta la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede calle J. Batlle y Ordoñez Nro. 674; Las Piedras, 22 de noviembre de 2018. Dra. Nélida B. Hernández Videla, Actuaria Adjunta.
                            Única Publicación
 20) $ 4698 1/p 34520 Nov 29- Nov 29
Ayuda