Fecha de Publicación: 25/11/2019
Página: 106
Carilla: 106

REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

                             EDICTO DE REMATE

Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 6to. Turno de Paysandú, dictada en autos: "LUCIANO Y GIANI Ltda. c/ OVIEDO MARISTAN, Gustavo y Otra.- EJECUCION HIPOTECARIA"- IUE 305-190/2016, se hace saber que el día 12 de Diciembre del 2019, a las 10,30 horas, en el hall de este Juzgado (Zorrilla de San Martín 942, primer piso), por intermedio del martillero EDUARDO M. SENISA, Matrícula 4577, RUT. 120112590013, y asistido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor de el siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal local número CERO CERO UNO, que forma parte del edificio incorporado al régimen de propiedad horizontal de la Ley 10.751 por las disposiciones del Decreto Ley 14.261 en un terreno, ubicado en la primera sección judicial del departamento de Paysandú, localidad catastral Paysandú, padrón matriz número DIEZ MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE (10.219), el que según plano de mensura y división del Ing. Agrimensor Andrés Piaggio de fecha febrero de 1995, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Paysandú con el Nro. 9108, el 16 de junio del mismo año, tiene una superficie de quinientos ochenta y un metro cuadrados con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, con 15 metros 13 cms. de frente al Norte a calle número 34 Sur "Manuela Marotte de Graña". La citada unidad esta empadronada individualmente con el Nro. 10.219/001 y según el citado plano se ubica en planta baja, a cota vertical de menos 22 centímetros a menos 10 centímetros, con una superficie de treinta y un metro, cincuenta y cuatro decímetros, y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: "Porche A y Patio C".
SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en el acto del remate en carácter de seña, más el 3,66% de impuestos y comisión del Rematador y al contado. 2) Que el saldo de precio, deberá ser consignado dentro de los 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.- 3) Que los pagos deben regirse por lo que establece la ley Nro. 19.210.- 4) El remate se efectúa en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación adjunta y de los certificados registrales agregados.- 5) Que el estudio se realizó en base a fotocopias y originales, los cuales se hallan en la Sede para su consulta por los interesados.- 6) Que se desconoce el estado ocupacional del bien, así como las deudas por tributos y regularidad de las construcciones.- 8) El mejor postor podrá descontar del saldo de precio de la subasta, las deudas de contribución inmobiliaria, impuestos de primaria, ITP (2% vendedor), e IRPF.- Paysandú, 31 de Octubre de 2019.- Esc. VERONICA CASTILLO BUGAIOV, Actuaria.
                            Única Publicación
 20) $ 5100 1/p 34442 Nov 25- Nov 25
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