Fecha de Publicación: 28/11/2018
Página: 177
Carilla: 177

REMATES
PODER JUDICIAL
SORIANO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MERCEDES
SEGUNDO TURNO

                              MIGUEL H. WOLF
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO. Se hace saber que por disposición del Señor Juez Letrado de Mercedes de 2° Turno dictada en autos caratulados: "Banco Santander SA C/ Sainz-Rasines Antognazza, Fernando y Claudia Beatriz Pedretti Saavedra- Ejecución Hipotecaria- IUE 381-62/2017" el próximo 14 de diciembre a las 12.30 horas, en las puertas del Juzgado, el martillero Miguel H Wolf Mat. 1454, procederá asistido del Of. Alguacil de la Sede, quien presidirá el acto, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: fracción de terreno y sus construcciones que le acceden, ubicada en la primera sección judicial de Soriano, manzana 48 de la localidad catastral Mercedes, empadronada con el número cuatrocientos treinta y ocho (438), la que según plano de mensura del Agr. Mario Bellini de febrero de 1952, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Soriano con el N° 1232 el 8 de febrero de 1952, se compone de una superficie de quinientos sesenta y siete metros ochenta y siete decímetros (567 m. 87 dm), que se deslinda así: al Este, 12 m. 217 cm de frente a la calle 25 de mayo -hoy Eduardo Víctor Haedo-; al Norte 46 m. 65 cm con sucesión de Brígido Mendieta, Pedro Ferrario y José Binnewies; al Oeste 12 m. 216 mm con Sucesión Elhoriburu; al Sur 46 m.70 cm con Jacinto Ortiz; SE PREVIENE: a) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen de la documentación, testimonios notariales, información registral y expediente; b) Existe deuda por Contribución Inmobiliaria, único tributo junto con E. Primaria que podrán imputarse al precio hasta la fecha del remate; c) Se desconoce la situación ocupacional del bien y si existen deudas por construcciones; d) El estudio de títulos se ha hecho en base a títulos de propiedad, testimonios notariales, antecedentes, planos y certificados que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado; e) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. La seña y la cancelación del precio deberán realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido por el art. 40 de la Ley 19.210 y art 5 del Dec. 351/2017; f) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta cumpliendo con las previsiones de la Ley 19.210 y sus decretos reglamentarios.- g) Que será de cargo del mejor postor la comisión del martillero que asciende al 3% más IVA; h) Que será de cargo de la parte demandada de autos la comisión de venta, que asciende al 1% más IVA más impuesto Departamental; i) El mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. A los efectos legales se efectúa la publicación del presente por un (1) día; Mercedes, 23 de noviembre de 2018.- Dr. Esc. CARLOS NIEVES, ACTUARIO.
                            Única Publicación
 20) $ 4698 1/p 34314 Nov 28- Nov 28
Ayuda