Fecha de Publicación: 21/02/2020
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Carilla: 70

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BELLA UNIÓN
PRIMER TURNO

Ver Aclaración: Aviso de Remate Nº 12.724/020 publicado el 27/07/2020.
EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Bella Unión de 1° Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/ RODRIGUES, WILSON EJECUCION EN VIA DE APREMIO.-" IUE 157-370/2004, EDICTO DE REMATE: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia de Bella Unión de Primer Turno, dictada en autos caratulados:"REPUBLICA AFISA c/ RODRIGUEZ, Wilson - EJECUCIÓN EN VIA DE APREMIO", IUE: 157-370/2004, se hace saber que el día 31 de marzo de 2020, a la hora 15:00 en las puertas de la Sede, Martin Dermit 1454, se procederá por intermedio del Rematador Fernando González, mat. 4294, RUC 211923320014, en acto presidido por el Alguacil ad hoc de la Sede, designándose a tales efectos al funcionario Ramón Tecco, a la venta en pública subasta, sin base, en dóleres estadounidenses y al mejor postor; del siguiente bien: Fracción de campo y demás mejoras que le acceden ubicada en la séptima sección judicial del Departamento de Artigas, paraje Bella Vista, zona rural, empadronada con el número 5015 (antes padrón 3829 en mayor área), que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Carlos Colombo inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el número 5, se compone de una superficie de 83 hás. 6154 mts. y se deslinda así: al N linea quebrada formada por diez segmentos de recta que corren: el primero de SO al NE, el segundo de NO a SE, el tercero de E a O, el cuarto y quinto de NE a SO, el sexto de N a S, el séptimo de O a E, el octavo de S a N, el noveno de NO a SE y el décimo de O a E, lindando todos con la fracción número 4, al E cañada y dos segmentos de recta, corriendo el primero de NO a SE y el segundo de N a S lindando con la fracción 6, al S línea quebrada formada por siete segmentos de recta que corren: el primero de NE a SO, el segundo de O a E, el tercero de NE a SO, el cuarto de SE a NO, el quinto de N a S, el sexto de SE a NO y el séptimo de O a E limitando los cuatros primeros con mas área de la fracción 6 y los restantes con la fracción uno, al O fracción 2, siendo todas las fracciones mencionadas del mismo plano. Soporta una servidumbre de paso de la fracción número 7 que le da salida a ruta 30 a través de la fracción 1 del mismo plano y a su vez tiene a su favor servidumbre de paso que le da salida a la misma ruta a través de la mencionada fracción. SE PREVIENE QUE : 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de la oferta en concepto de seña en el acto de serle aceptada su postura así como la comisión del Martillero y los tributos a su cargo equivalente al 3,66%. 2) Se habilita a imputar como saldo del pago de precio los tributos de primaria y contribución inmobiliaria, debiéndose consignarse el saldo de precio conforme al artículo 387.2 f9 del CGP. 3) La documentación correspondiente se encuentra en la Sede a disposición de los interesados. A los efectos legales, se hace una publicación en el Diario Oficial y en un periódico local. Bella Unión 13 de febrero de 2020. 
 
Bella Unión, 18 de febrero de 2020.
RUBEN FABRICIO BONILLA GONZALEZ, Actuario Adjunto.
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 20) $ 5916 1/p 3399 Feb 21- Feb 21
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