Fecha de Publicación: 26/11/2018
Página: 233
Carilla: 233

REMATES
PODER JUDICIAL
ROCHA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
CUARTO TURNO

                             EDICTO DE REMATE

Por disposición de la Señora Juez del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Cuarto Turno de Rocha, Dra. Paula Irastorza, dictada en autos caratulados: "REPUBLICA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION SOCIEDAD ANONIMA (A.F.I.S.A.) C/ SOSA DE ARMAS CARLOS DANIEL Y OTRA - EJECUCION HIPOTECARIA", IUE: 342-406/2001, Decreto N° 800/2018 de fecha 9/3/2018, SE HACE SABER: Que el día 13/12/2018 a las 10 hs, en el Hall de esta Sede, por intermedio del Sr. Rematador CLAUDIO NAVARRO, Matrícula 5946, se llevará a cabo en pública subasta sin base y al mejor postor, en Moneda Nacional, el REMATE del bien inmueble solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras, ubicado en la localidad catastral La Paloma, Séptima Sección Judicial del Departamento de Rocha, zona urbana, empadronado con el N° 536, señalado con el N° 21 de la manzana 17 del plano del Agrimensor Andrés C. Martinelli, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 307 el 12/3/1945, según el cual se compone de una superficie de 400 metros, lindando: recta de 10 metros al Suroeste de frente a calle Diagonal 22, hoy Mercurio; recta de 40 metros al Noroeste lindando con el Padrón N° 107; recta de 10 metros al Noreste limitando con el Padrón N° 102; y recta de 40 metros al Sureste confinando con el solar N° 22, todos de la misma manzana y plano.
SE PREVIENE: a) Que el precio que resulte del remate en Moneda Nacional, se convertirá a Dólares Americanos, valor interbancario al día anterior del mismo, debiendo el precio - integrado por la seña y el saldo de precio - ser depositado en Dólares Americanos; b) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta así como la comisión del Rematador correspondiente al 10% más I.V.A.. Dicho pago debe realizarse en el acto y si el precio de lo rematado superare las 40.000 UI se hará efectivo mediante Letra de Cambio, Cheque Certificado o transeferencia electrónica de un Banco de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por la Ley N° 19.210 y su Decreto reglamentario; y el saldo del precio en el plazo de 20 días a partir del siguiente al de la notificación del auto que lo aprueba, el que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo; c) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, así como la comisión de compra del rematador y tributos que ascienden al 3,66% del precio de remate; d) Que serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, que asciende al 1,22% del precio de remate, más el 1% de impuesto municipal; e) Que se desconoce la situación actual ocupacional, así como si existen deudas por aportes a la construcción al B.P.S., posibles gastos comunes, tributos o consumos; f) Que es criterio de la Sede que solamente podrá descontarse del saldo del precio del remate, lo adeudado por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la fecha de la subasta, todo otro gasto requerirá autorización previa para ser imputado; g) Que el Testimonio por Exhibición como único título con el que se subasta el bien (conforme a lo previsto por el art. 384.2 del C.G.P.), la información registral y el expediente de los que resultan las condiciones en que se vende el inmueble, se encuentran en la Oficina del Juzgado, donde podrá ser examinado libremente por los interesados.
Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en la ciudad de Rocha a los doce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. Esc. Blanca Enriqueta Molina Olid, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 5394 1/p 33956 Nov 26- Nov 26
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