Aviso de Remate N° 33793/024
Fecha de Publicación: 09/12/2024
Página: 326
Carilla: 326
REMATES
PODER JUDICIAL
LAVALLEJA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Lavalleja de 2° Turno, dictada en autos: "MANCUELLO CABRERA, LAURA HAYDEE; GARCIA MANCUELLO, SANTIAGO Y SOFIA C/ GONZALEZ CORREA, HECTOR DANIEL JUICIO EJECUTIVO" IUE 432-225/2022, se hace saber que el 20 de diciembre de 2024 a las 10:30 horas en el Hall del Juzgado, sito en José Enrique Rodó 634, de la ciudad de Minas por intermedio del Rematador Emilio Montero Rodríguez, Matrícula N° 6535, RUT 090241690019 y asistido por la Sra. Alguacil de la Sede se subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: fracción de campo y demás mejoras que le acceden empadronada con el número SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO (6.195) (antes en mayor área con el número trescientos noventa y nueve) sito en la cuarta sección catastral del departamento de Lavalleja, zona rural, paraje "El Soldado", señalado con el número cuatro en el plano del Agrimensor Lamas Daniel Fosalba, de marzo de 1959, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Lavalleja el 13 de marzo de 1959 con el número 1624 según el cual se compone de una superficie de veintidós hectáreas, mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados, treinta decímetros cuadrados (22.1364,30 há), y se deslinda: al noreste 751.70 metros con María Pío de Helguera; al Sureste 299.39 metros con Salvador Herrera; al Suroeste 751.36 metros con fracción número 3 del mismo plano y al noroeste 290.20 metros servidumbre existente de 8 metros de por medio con fracción número 2 del mismo plano y padrón número 7289 de Gil González. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 20% de su oferta al bajarse el martillo. (Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.) En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.- 2) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la comisión de compra del Rematador e IVA o sea el 3,66 % del precio de remate. 3) Que será de cargo del Vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea 1,22%, así como el 1% de Impuesto Municipal (ley 12.700). 4) Que se podrá descontar del saldo de precio exclusivamente la deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria a la fecha del remate, teniendo el mejor postor un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo para integrar el saldo de precio. 5) Que se desconoce si existe deuda por Impuesto de Primaria y deuda de Contribución Inmobiliaria. 6) Se desconoce el estado ocupacional de los bienes en la actualidad, así como el estado material de los alambrados. 7) Se desconoce la existencia de deudas ante BPS. 8) La subasta se realizará en las condiciones que surgen del expediente, y de la documentación e información registral aportada en autos, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, sita en Calle José Enrique Rodó 634 de Minas departamento de Lavalleja. Y a los efectos legales se realiza esta publicación.
Minas, 05 de diciembre de 2024.
PATRICIA DANIELA MARTÍNEZ OLASCOAGA, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 7513 1/p 33793 Dic 09- Dic 09
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