Aviso de Remate N° 33577/024
Fecha de Publicación: 06/12/2024
Página: 197
Carilla: 197
REMATES
PODER JUDICIAL
COLONIA
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE ROSARIO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Rosario, dictada en autos: ""JORCIN, JOSE LUIS C/ RODAS, DANIEL OMAR.-" -VIA DE APREMIO-" IUE 229-55/2001, EDICTO: Por disposición del Juzgado de Paz de Rosario en autos JORCIN, JOSE LUIS C/ RODAS, DANIEL OMAR " VÍA DE APREMIO" IUE 229-55/2001, se hace saber que el día 20 de diciembre de 2024, a la hora 11, en Sarandí N° 307 de esta Ciudad, instalaciones del Club Rosario Atlético, el Rematador Público Aníbal Banchero, Matrícula 5565, asistido por la Sra. Alguacil, de esta Sede, rematará en pública subasta, sin base, al mejor postor y en Dólares Estadounidenses; el siguiente bien inmueble: Padrón N° 2817 ( antes padrón N° 666), Solar y construcciones, ubicado en la Localidad Catastral Rosario, departamento de Colonia, el que según plano de Mensura y División del Agrimensor Adolfo Ferrari del 17/3/1952 inscripto en la oficina Departamental de Catastro de Colonia con el N° 159 el 9 de junio de 1952, se señala como solar 3, con una superficie de 301 metros 94 dm, con 13 m 90 cm al Noreste de frente a calle Rivera, 22 m 26 cm al Sureste lindando con Intendencia de Colonia, 13 m 36 cm al Suroeste lindando con padrón 667 y 22 m 05 cm al Noroeste lindando con solar 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) La subasta se efectuara en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor. 2) El mejor postor deberá depositar como mínimo el 30% de su oferta de serle aceptada la misma, más la comisión y tributos a cargo de la parte compradora 3,66%. Todo en el acto y de acuerdo a los medios de pago admitidos según Ley 19.210, y Ley 19.889, modificativas y concordantes. 3) Que serán de cuenta del comprador los gastos que generen la posterior escritura e impuestos y demás que la ley pone a su cargo, debiendo consignar el saldo de precio dentro del plazo de los 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, consignando sus pagos de acuerdo a la Ley 19.210 y Ley 19.889, modificativas y concordantes. 4) Que serán de cargo del expediente la comisión de venta del Martillero e impuestos o sea el 1,22 % del precio del remate y el 1% de impuesto departamental Ley 12.700 y modificativas. 5) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información Registral y Municipal del expediente. 6) Que se desconoce el actual estado ocupacional de las propiedades a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubieran en ella. 7) Que los antecedentes se encuentran depositados en la Sede Judicial Sarandí casi Lavalleja de Rosario. 8) El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado Letrado de Rosario. 9) El inmueble tienen adeudos de contribución inmobiliaria por $ 24.591 y con respecto a Impuesto a Primaria el padrón no tributa. 10) El comprador podrá descontar las deudas de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria al día del remate según el Artículo 387.2 del C.G.P. 11) A los efectos legales se deberán efectuar publicaciones de conformidad con lo dispuesto en el art. 387.1 del C.G.P, con lo previsto en acordada 8152 de fecha de diciembre de 2022. Rosario, 25 de noviembre de 2024.
Rosario, 03 de diciembre de 2024.
SINTYA ANIREL CORRALES de los SANTOS, Juez Paz Dptal. Int..
Única Publicación
20) $ 7833 1/p 33577 Dic 06- Dic 06
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