Fecha de Publicación: 21/11/2018
Página: 70
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
VIGÉSIMO TURNO

                              GUSTAVO IOCCO
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 20° Turno, dictada en autos caratulados: "LE PARC S.A. C/ CORALTION S.A. - PROCESO DE EJECUCIÓN - IUE: 2-35631/2014, se hace saber que el próximo 14 de diciembre a las 11 horas en el local de la calle Rincón N° 408 por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010, presidido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los derechos de promitente comprador de la unidad 2203, del terreno con el edificio y demás mejoras que contiene, sito en el departamento de Maldonado, localidad catastral Punta del Este, zona urbana, manzana catastral 2084, padrón matriz N° 11.083, antes padrones Nos. 10.668 y 10669, el que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrim. Gastón Pereira Esqueff de febrero de 2015, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, oficina delegada de Catastro de Maldonado con el N° 11013 el día 3/3/2015, consta de una superficie de 14.480 m. 37 dm. y se deslinda así: al SE 133 metros 04 centímetros de frente a Rambla Lorenzo Batlle Pacheco; al SO 90 metros 08 centímetros de frente a Avenida Franklin D. Roosevelt por ser esquina, uniendo ambos frentes ochava curva de 15 metros 93 centímetros de desarrollo. La unidad 2203, se encuentra empadronada individualmente con el N° 11.083/2203, se ubica en el 22ª Piso, a cota vertical aproximada de más 66 metros con 25 centímetros que según plano mencionado tiene una superficie de propiedad individual de 341 mts. con 35 dmts. y le corresponde el uso exclusivo de los Balcones "H22", "N22" y "P22" y según resulta del compromiso de compraventa cuyos derechos de promitente comprador se ejecutan le corresponderá el uso exclusivo de tres (3) cocheras una doble señalada con el N° 17 y una simple con el N° 34 y dos bauleras identificadas como "SSS1" y "BGS1", de la planta subsuelo descripta en la lámina 2; asimismo surge del reglamento de copropiedad que el derecho exclusivo de las cocheras indicadas en el plano definitivo: una doble señalada con el N° 17 y Baulera "CHS1" y una simple N° 81 y Baulera "BPS1", solo corresponderá a los copropietarios de unidades del mismo edificio, según surja de sus respectivos títulos de propiedad. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado supera las 40.000 UI se hará efectivo mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la ley de Inclusión Financiera (Ley 19.210) y sus decretos reglamentarios. 2°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5°) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Maldonado. 6°) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7°) Se desconoce si la Intendencia de Maldonado hace uso del derecho de preferencia del artículo 66 de la Ley 18.308. 8°) Surge de la información expedida por el Registro de la Propiedad Inmueble de Maldonado un embargo específico sobre el bien proveniente del Juzgado Letrado Penal del Crimen Organizado, 1° Turno, inscripto con el N° 6.932 el 6/06/2013. 9°) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración (como ser, Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria) hasta el momento de la subasta. 10°) Que el plazo para la consignación del precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. La cancelación deberá efectuarse y realizarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Inclusión Financiera y sus decretos reglamentarios. 11°) La subasta se realizará en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de Derechos Humanos 1309, 1° piso, de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, quince de noviembre de dos mil dieciocho. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 6786 1/p 33425 Nov 21- Nov 21
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