Fecha de Publicación: 22/11/2018
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
VIGÉSIMO TURNO

EDICTO: Por disposición del SR. JUEZ LETRADO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL DE 20° TURNO, dictada en autos caratulados: SCOTIABANK URUGUAY SA C/ BENZO, FELIPE- EJECUCION HIPOTECARIA I.U.E. 36-25/2016, se hace saber que el próximo 12 DE DICIEMBRE a partir de las 10:30 horas en el local de la calle URUGUAY 826, por intermedio del Rematador PABLO BARRIENTOS Matrícula N° 5445 RUT 110206470014 y presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en remate, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, el siguiente bien inmueble, solar con las construcciones y mejoras que le acceden, ubicado en Montevideo, localidad catastral del mismo nombre, empadronado con el N° 43.984, que según plano del Agrimensor Rafael Laport Silva, inscripto en la Direccion General de Catastro con el N° 10.202, el 13 de marzo de 1987, tiene un area de m2. 502, 21, según títulos m2. 498,00 y se deslinda así: m. 15,15 de frente al NE a Avenida Millan distando el punto medio de dicho frente m. 40,48 a Camino Castro; m 43,11 al SE lindando con padrón 51.445; al SO línea quebrada compuesta por 5 tramos rectos que miden: m. 0,88, m. 0,41, m. 4,14, m. 0,41 y m. 1,66, lindando con el padrón 43.983 y al NO línea quebrada compuesta por tres tramos rectos de m. 15,86, m. 9,67 y m. 22,00 lindando con el padrón 43.985.- SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% del precio ofertado en concepto de seña y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 se hará efectivo mediante cualquiera de los medios de pago previstos en la ley de inclusión financiera y su decreto reglamentario. 2) Que serán de cargo del expediente la comisión de ventas o sea el 1,22% del precio de remate. 3) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la ley pone a su cargo. 4) Que se desconoce el estado ocupaciónal del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS ni la existencia de deuda de Contribucion Inmobiliaria e impuestos de la Intendencia Municipal de Montevideo. 6) Existe deuda de Impuesto de Enseñanza Primaria, 7) Existe diferencia de area según titulo y según plano de mensura. 8) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria), hasta la subasta. 9) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el Art. 40 de la Ley 19.210 y su decreto reglamentario. 10) Que el mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 11) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales y de la documentación agregada los que se encuentran a disposición de los interesados en esta Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 1°. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 16 DE NOVIEMBRE de 2018.-. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 5220 1/p 33358 Nov 22- Nov 22
Ayuda