Fecha de Publicación: 12/11/2015
Página: 59
Carilla: 59

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
TRIGESIMOCTAVO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez de Paz Departamental de la Capital de 38° Turno, dictada en autos caratulados: "SOCIEDAD CIVIL EDIFICIO MARIKAR c/ BENTOS SCOCOSA, PEDRO MARIO Y OTRA" - EJECUCIÓN DE HIPOTECA - Ficha: 2-5139/2013, se hace saber que el próximo 26 de Noviembre a partir de las 14 y 30 horas en el local de la calle Av. Uruguay 826 (ANRTyCI) y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, Matrícula n° 4421, RUT 212097110015 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Unidad 204 de propiedad horizontal, padrón individual n° 406.291/204, que forma parte del edificio construido en el terreno sito en la localidad catastral Montevideo, antes 4ª Sección Judicial, zona urbana, padrón matriz 406.291, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agr. Ruben Kovacevich de diciembre de 1984, inscripto en la Dirección General de Catastro el 16 de enero de 1987 con el n° 9941, consta de un área de 815 metros 03 decímetros con frente al Noroeste de 13,80 metros a calle Humberto Primero, entre las calles Mariscal Francisco López y Samuel Blixen. La unidad 204, según el plano referido se ubica en el segundo piso, a cota vertical + 5,85 metros, tiene un área de 55 metros 81 decímetros y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza "G2". SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en carácter de seña, y abonar la comisión más impuestos del Rematador; o sea el 3,66% del precio. Todo en efectivo y en el acto. 2°) Que será de cuenta del comprador los gastos generados en la posterior escritura del bien. 3°) Que se desconoce la situación ocupacional, fiscal y contributiva del bien. 4°) Que se desconoce la situación contributiva ante el BPS por construcciones. 5°) Que el plano agregado en autos es una copia expedida por el MTOP. 6°) Que existen deudas por tasa general y tributos domiciliarios que surgen de autos. 7°) Que solo podrán descontarse del precio lo que se adeudare por concepto de contribución inmobiliaria; al día 1°/06/2015 asciende a la suma de $ 27.521 y de Primaria al 01/06/2015 asciende a la suma de $ 8.524. 8°) Que el plazo para depositar el saldo de precio es de 20 días a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate (art. 387.2 nal f). 9°) Que con el saldo de precio se reintegrará el ITP del vendedor y el IRPF. 10°) Que no existe carta de pago por el saldo de precio de la compraventa de fecha 20/12/1982. 11°) Que los títulos que se encuentran en los presentes autos consisten en testimonios por exhibición de la matriz. 12°) Que se remata en las condiciones que surgen de autos, de títulos y de la información registral agregada. 13°) Que serán de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al rematador más sus impuestos, ascendiendo la misma al 1,22% del monto de subasta. 14°) Que el bien se remata por deudas de gastos comunes. Que los testimonios referidos y los demás antecedentes podrán ser examinados en la Oficina Actuaria de la Sede, sito en Av. 18 de Julio 1589 piso 4°. Y a los efectos legales se hace estas 2 publicaciones, Montevideo, 5 de noviembre del 2015. Esc. Noelia Suárez, Actuaria Adjunta.
                           Primera Publicación
 20) $ 7830 2/p 32742 Nov 12- Nov 13
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