Fecha de Publicación: 15/11/2018
Página: 68
Carilla: 68

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SEGUNDO TURNO

                              GUSTAVO IOCCO
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 2° Turno, dictada en autos caratulados: "MARIA CAROLINA SINTAS CACHON C/ CORTONDO GONZALEZ, AGUSTIN - JUICIO EJECUTIVO- INTIMACION DE PAGO - IUE: 2-24656/2015", se hace saber que el próximo 11 de Diciembre a las 11 horas en Rincón 408 por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N°. 1716 RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: fracción de campo con la totalidad de las mejoras que le acceden ubicada en la 14ª sección judicial y catastral, zona rural del Departamento de Soriano, empadronada con el N° 8.657 la que según plano del Agrim. César A. Herrera de octubre de 1958, inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 2387 el 23/9/1974, se señala con el N° 13 del inmueble "460", tiene un área de 260 Hás. 5.010 m que se deslinda así: al N 889 m con parte del padrón 5.641, al E dos tramos de 1581 m 30 cm y 315 m 40 cm. con fracciones 1, 2 y 3, al S 2 rectas de 1932 m 40 cm y 107 m 60 cm con servidumbre de paso destinada a camino y fracción 12 y al O con arroyo El Perdido.. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 20% de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado supera las 40.000 UI se hará efectivo mediante letra de cambio o cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo con lo dispuesto por las leyes Nos 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e Iva o sea el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e Iva - o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que el inmueble se encuentra afectado al INC, por lo que se deberá requerir su autorización para la escrituración de la compraventa forzada so pena de nulidad. 5°) Que existe un contrato de arrendamiento respecto a Antel, de fs. 57, y que surge en la escritura de Hipoteca. 6°) Que se desconoce si el inmueble se encuentra ocupado 7°) Que de existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor postor. 8°) Que del precio de la subasta sólo podrá descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, el 2% correspondiente al vendedor por ITP e IRPF. 9°) Que se desconoce la existencia de deudas por concepto de tributos de carácter nacional o municipal. 10°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo, habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio notarial. 11°) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 3°, Montevideo, 10 de octubre de 2018. Esc. NATALIA SILVERA, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) $ 4872 1/p 32627 Nov 15- Nov 15
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