Fecha de Publicación: 23/11/2016
Página: 56
Carilla: 56

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Sexto Turno de Salto, dictada en autos caratulados "HOY: REPÚBLICA AFISA c/ ALMIR S.R.L. y OTROS - EJECUCIÓN HIPOTECARIA - I.U.E. 357-323/2004", se hace saber que el día 8 de Diciembre de 2016 a la hora 15:00, en el hall del tercer piso de la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Sexto Turno de Salto, calles Treinta y Tres y Artigas de la ciudad de Salto, por intermedio del Rematador ALFREDO PABLO BERRETTA CHIARA, Matrícula N° 5331, RUT 160170700011, presidido por el Sr. Alguacil, se procederá a vender en pública subasta, sin base y al mejor postor, en Dólares Americanos, los bienes inmuebles hipotecados y embargados en autos, Padrones número 4744 fracciones 1 y 2 y 8259, ubicados en el departamento de Salto, situadas en la 1ª Sección Judicial, segunda sección catastral del departamento de Salto, zona rural, paraje Colonia Osimani y Llerena que tienen el siguiente deslinde: Padrón 4744 (antes en mayor área con el mismo número) señaladas con los números 1 y 2 en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Fermin Danilo Goslino de Setiembre de 1981, inscripto en la oficina de Catastro de Salto con el N° 6178 el 4 de Setiembre de 1981 con una superficie de 13 hectáreas 6396 metros (lote uno) y 9 hectáreas 785 metros (lote 2) que lindan al Noroeste frente a camino vecinal, al Noreste frente a camino vecinal, al Sureste Arroyo San Antonio grande y al Suroeste fin del lote 3.
Y una fracción de chacra padrón N° 8259 (antes en mayor área con el N° 4744) señalda con el N° 3 en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Fermin Danilo Goslino de Setiembre de 1981, inscripto en la oficina de Catastro de Salto con el N° 6178 el 4 de Setiembre de 1981 compuesta de una superficie de 9 hectáreas 785 metros, que linda al Norte con Alcides Gabrielli, al Este Arroyo San Antonio, al Sur Juan Henderson y al Oeste calle Camino del Éxodo. SE PREVIENE QUE: I) Será de cargo del comprador la comisión e IVA de compra del Sr. Martillero; II) El mejor postor deberá consignar el 10% de la oferta en carácter de seña, al momento de serle aceptada la postura; autorizase al actor a no consignar seña ni precio en caso de resultar mejor postor, siempre que el mismo no exceda el monto de su crédito más el 20% por concepto de ilíquidos; III) Será de cargo del expediente el impuesto municipal, la comisión e IVA de venta del Sr. Martillero; IV) Los títulos de los bienes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria; V) Cúmplenos comunicar que el Directorio del Instituto Nacional de Colonización, por resolución N° 4 del acta N° 5271, de fecha 16/9/2015, resolvió ratificar lo dispuesto en las resoluciones N° 11 del acta N° 4832, de fecha 31/1/2007, N° 21 de acta N° 5009, de fecha 23/6/2012 y 21 de acta N° 5121, de fecha 19/9/2012, mediante las cuales se autoriza la realización del remate de los padrones N° 4744, facciones 1 y 2 y 8259 (resolución N° 11 de acta N° 4832) y se autoriza a participar en la subasta a los señores Gabrielli Mengui, Ricardo Nicolás, (ficha N° 835/08), Bordenave Acevedo, José León (ficha N° 297/10) y Gabrielli Mengui, Martín Enrique (ficha N° 834/08), resolución N° 21 del acta N° 5009. VI) Se desconoce la situación ocupacional del bien, así como su situación tributaria ante el BPS. VII) Se imputará como parte del precio, Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, ITP parte vendedora e IRPF. VIII) El mejor postor como el segundo mejor postor, deberán constituir domicilio electrónico, en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido en el Art. 387.5 del CGP y su remisión al Art. 71 del mismo cuerpo normativo. IX) El plazo para consignar el saldo de precio, será de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por feria Judicial ni Turismo. X) Se advierte a los interesados lo establecido en el Art. 390 incisos 2 y 3 del C.G.P. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Salto, 21 de Noviembre de 2016. Esc. MARIA NOEL PINASCO VETEY, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 5587 1/p 31898 Nov 23- Nov 23
Ayuda