Fecha de Publicación: 18/11/2024
Página: 179
Carilla: 179

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SEXTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6° Turno, dictada en autos: "BANCO SANTANDER S.A. c/ NAKLE BUSCHIAZZO, EDUARDO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 2-7957/2024, el próximo 4 de diciembre de 2024, a las 13 y 30 horas el martillero publico Michael Hugo WOLF - Mat.1454- en el local de la ANRTCI sito en la Avda. Uruguay N°826 -procederá asistido del Alguacil de la Sede quien Presidirá el Acto- a la venta en pública subasta sin base, al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien inmueble, sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden , sito en la vigésimo primera sección judicial del Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el numero CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS (51.800), señalado con la letra "B" en el plano del Agrimensor Ever Irisity Jover de agosto de 1974, inscripto en la Direccional General de Catastro con el N°75.243 el 9 de agosto de 1974, según el cual tiene una superficie trescientos ochenta y cuatro metros cuarenta y ocho decímetros (384m.48dm), que se deslindan así:9m de frente al Suroeste a la calle Francisco Miranda ( puerta de entrada 4348)entre Duque de los Abruzos y Mazangano, distando el punto medio de su frente 121m.75cm de la esquina formada con la primera de las nombradas; 42m72cm al Noroeste lindando con el padrón cincuenta y un mil ochocientos uno(51.801); 9metros al Noreste confinando con el padrón cincuenta y un mil (51.770) y 42m72cm al Sureste lindando con el solar letra "A" del mismo plano, padrón cincuenta y un mil setecientos noventa y nueve (51.799).-SE PREVIENE: 1) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiere en ella; 2) Solo se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, imputándose al mismo, hasta la fecha del remate; 3) Se podrá imputar al precio del remate el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente;4)En la Sede sita en Palacio de los Tribunales - 1er Piso- sita en pasaje de los DD.HH N° 1309 se encuentra depositada la titulación y antecedentes dominiales y certificados registrales, los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados, debiéndose tener presente el art.390 CGP inciso final;5) En el acto del remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art 71 del CGP(domicilio real y procesal electrónico judicial); 6) Serán de cargo del adquirente los gastos de títulos, honorarios, certificados , tributos, impuestos y demás que la ley ponga a su cargo; 7) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador mas IVA o sea 1% más IVA.-8) El mejor postor deberá consignar el 30% del precio ofertado en concepto de seña así como la Comisión del martillero que asciende al 3% más IVA sobre el precio martillado, ambas en el acto y por los medios de pago autorizados -leyes 19210 y 19.574, en la redacción dada por la Ley 19.889- ,debiendo consignar el saldo de precio (70%) en un plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo; 9) Se previene el art 386 CGP.10) Existe deuda por Tributo por Saneamiento y tasa general municipal. A los efectos legales se efectúa la publicación del presente.- 
 
Montevideo, 15 de noviembre de 2024.
PATRICIA MARTA LECUNA MARTÍNEZ, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 8138 1/p 31504 Nov 18- Nov 18
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