Fecha de Publicación: 21/11/2016
Página: 67
Carilla: 67

REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
PRIMER TURNO

                            REMATE JUDICIAL.-

EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de 1er. Turno de Paysandú, en Autos "ROLLA FONRODONA, Marta Ines, ROLLA FERNANDEZ, Virginia Carmen, BERLANGIERI, Carlos Maria en Representación de GUSTAVO ALBERTO ROLLA FERNANDEZ (PARTICIÓN)" IUE 300-736/2008, se hace saber que el día Miércoles 7 de Diciembre de 2016, a las 15:30 horas, en Gran Hotel Paysandú Sala de Conferencias 19 de Abril 958, por intermedio del MARTILLERO JUAN CARLOS MÜNTZELL, Matrícula N°4572, Rut 211295480015, asistido por la Sra. Alguacil de la Sede, se procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, con las bases de U$S 52.662 y U$S 48.937 respectivamente y al mejor postor, de los siguientes bienes inmuebles: 1-  Fracción de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, ubicada en la Primera Sección Judicial de Paysandú, Localidad Catastral Paysandú, zona urbana, manzana 229, empadronada con el N° 1.250, que según plano del Agr. José S. Meier de abril de 1938, inscripto en la Oficina Técnica Departamental de Empadronamiento con el N° 45 el 18 de abril del mismo año, tiene una superficie de 437 mts. 4142 dms. y se deslinda así: 12 mts. 79 cms. de frente al Sur, a calle Leandro Gómez, (antes 8 de octubre); al Oeste, 7 tramos rectos de 20 mts. 42 cms., 4 mts. 73 cms., 8 mts. 79 cms., 14 mts. 93 cms., 2 mts. 30 cms., 5 mts. 30 cms. y 3 mts. 30 cms., lindando el primero con Pedro Coll, los cinco restantes con sucesores de Consuelo G. de Rolla y en el último tramo frente a calle Montevideo; al Norte, 27 mts. 13 cms., lindando con Consuelo G. de Rolla y al Este, 5 tramos rectos de 4 mts., 15 mts. 47 cms., 5 mts. 24 cms., 15 mts. 50 cms. y 20 mts. 68 cms., lindando los tres primeros con José Horta y los dos restantes con José Barbato. 2- Fracción de terreno con el Edificio y demás mejoras que le acceden, ubicada en la Primera Sección Judicial de Paysandú, Localidad Catastral Paysandú, zona urbana, quinta 196, empadronada con el N° 5.811, que según plano del Agr. Rafael Thevenet de Setiembre de 1946, inscripto en la Oficina de Catastro de Paysandú con el N° 213 el 1° de Noviembre de 1946, se compone de un área de 738 mts. 60 dms., y se deslinda así: 16 mts. 14 cms. de frente al Norte, sobre Avda. República Argentina, 49 mts. 92 cms. al Oeste, lindando con el bien de Don Evaristo Z. Campanella; 14 mts. Al Sur, lindando con el inmueble del Sr. José Luis Cocchi y 48 mts. 33 cms. al Este, lindando con la finca de Don Juan I. Pagani.
SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 20% de la oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura, más el 3,66% por concepto de comisión e impuestos y el saldo deberá depositarse en 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate. 2) Los gastos de tributos y comisiones correrán por cuenta del interesado. 3) Se desconoce la situación ocupacional de los bienes, así como la regularidad de las construcciones, encontrándose agregados en autos informes sobre tributos municipales y del impuesto de Educación Primaria. 4) Que no resultan inscriptos los certificados de resultancias de autos de Juan José Peroni Rolla, Laura Esther Peroni Rolla, María del Carmen Fagetti, Eduardo Rolla Piazza, Alvaro Peroni Ugarte y Eduardo Peroni Masseilot y Agustín Fagetti Peroni. 5) El bien se remata en las condiciones que resultan de la documentación obrante en autos, carpeta de títulos originales y fotocopias de certificados de resultancias de autos, información registral y cédulas catastrales, que se encuentran a disposición de los interesados para su estudio, no admitiéndose ningún reclamo posterior, debiendo tenerse presente que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 390 inciso final del CGP, la formulación  de postura significa que quien la hace acepta el titulo y las condiciones del remate. 6) Los rubros a deducir del precio serán los necesarios para la escrituración, esto es: Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP (2% parte vendedora), IRPF parte vendedora, y honorarios del Escribano por cálculo de IRPF (art. 16 del Arancel Notarial). 
EN FE DE ELLO: Siento el presente que sello signo y firmo en la Ciudad de Paysandú, 14 de Noviembre de 2016.-
Actuaria ESC. VERONICA CASTILLO BUGAIOV.
                            Única Publicación
 20) $ 5738 1/p 31435 Nov 21- Nov 21
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