Aviso de Remate N° 31059/025
Fecha de Publicación: 28/11/2025
Página: 148
Carilla: 148
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCURSOS
PRIMER TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Concursos de 1° Turno, dictada en autos: "SCOTIABANK URUGUAY S.A. c/ BARAYBAR RODRÍGUEZ, CARMEN y Otros -EJECUCIÓN HIPOTECARIA-" IUE 2-42138/2020, se hace saber que el próximo 17 de Diciembre a las 11:30 horas, en el local de la ANRTCI sito en Av. Uruguay 826, se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO, mat. 5148, rut 213005240012, en diligencia presidida por la señora Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, de los siguientes bienes inmuebles: Lote 1: Solar y construcciones y demás mejoras que le acceden sito en zona urbana de la localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, empadronado con el N° 22.093, antes en mayor aérea con el numero 11.660, señalado como solar 4 de la manzana 307, según plano del Agrimensor Carlos Hughes de diciembre de 1959, aprobado por la junta local Autónoma de Pando el 2 de febrero de 1961 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 4 de abril siguiente con el N° 11.067, consta de una superficie de 794 metros 45 decímetros y se deslinda: 25 metros de frente al Noreste a la calle de las Candelas, al Sureste 33 metros con solar numero 5, 12 metros al Suroeste con solar 15 y al Noroeste línea quebrada de 13 metros , 82 centímetros con solar 3 y 28 metros con solar 2. Lote 2: Solar y construcciones y demás mejoras que le acceden sito en zona urbana de la localidad catastral Montevideo, empadronado con el numero 94.216, el que según plano de mensura del Agrimensor Enrique Álvarez Vázquez de junio de 1977, inscripto en la Dirección General de Catastro el 6 de Junio de 1977 con el numero 83.158, tiene una superficie de 120 metros 12 decímetros y se deslinda: 8 metros de frente al Sureste a la calle Rocha, puerta N° 2609, entre las calles Guadalupe y Rivadavia, distando el punto medio 16 metros de la esquina con la ultima calle, nombrada, al Suroeste 14 metros 88 centímetros linda con los padrones 94215 y 94214 , al Noroeste 8 metros 14 centímetros con padrón N° 83930 y al Noreste 14 metros 88 centímetros linda con el padrón N° 94217. Lote 3: Fracción de campo ubicada en la primera sección Catastral de Departamento de Artigas, zona Rural Padrón N° 4879 (antes empadronada en mayor área con el numero 3.402 y antes aun como parte del Padrón N° 1.133 fracción 2) y según plano del Agrimensor Roque Lavecchia de Marzo de 1988, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas con el numero 30, el día 4 del mes de Abril del año 1988, consta de una superficie de 45 Hectáreas, 3.798 metros y se deslinda así: 305 metros, 21 centímetros al Noroeste de frente a Ruta numero 4; 1.185 metros, 36 centímetros al Noreste con resto del padrón 3.402; 487 metros, 81 centímetros al Sureste con Arroyo Tamandúa y 1.046metros, 52 centímetros al Suroeste con padrón N° 3.331. Lote 4: Fracción de campo ubicada en la primera sección catastral del Departamento de Artigas, zona Rural, paraje conocido como Javier de Viana, Padrón N° 6.504 (antes padrón en mayor área numero 3.777 y antes aun como parte de la fracción 2 del padrón en mayor área numero 1.133) y la que según plano del Agrimensor; Milton Goncalvez, inscripto en la oficina departamental de Catastro de Artigas con el numero 1.367 el día 25 del mes de febrero del año 2004, consta de una superficie de 15 hectáreas , se identifica como fracción D y se deslinda así: 170 metros al Sureste de frente a Ruta N° 4; línea quebrada orientada al Sur compuesta por dos tramos de recta de 350,1 metros y de 250 metros corriendo la primera de Oeste a Este y la segunda de Norte a Sur lindando con padrón N° 4907; 212,1 metros al Suroeste lindando con fracción letra B, existiendo en dicho servidumbre de paso de 10 metros de ancho; 510,6 metros al Noroeste lindando con fracción letra A y 463,20 metros al Noreste lindando con parte del padrón N° 3.440. SE PREVIENE: 1- Que el mejor postor deberá consignar 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura así como la comisión del rematador 3% más iva. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria a otra de plaza, de conformidad con la normativa vigente (ley 19.889). 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del rematador o sea 1% más iva, así como los gastos originados por el mismo y el 1% del impuesto departamental sobre el precio del remate, en caso de corresponder. 3- Por el padrón 94.216 de Montevideo y por el padrón 22.093 de ciudad de la Costa, Departamento de Canelones, se agregaron cedulas catastrales que NO cumplen con el artículo 178 de la ley 17.296. 4- Se desconoce la existencia de deudas con BPS por construcciones; se desconoce el estado de conservación y el estado ocupacional de los inmuebles y en los inmuebles rurales se desconoce si existen deudas con BPS. 5- Se desconoce la existencia de deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria por todos los padrones objeto de remate, únicos rubros que el mejor postor podrá imputar al precio del remate y hasta la fecha del mismo 6- En el certificado notarial agregado a fojas 155 se realizaron aclaraciones respecto a la superficie del padrón 94.216 de Montevideo. 7- se desconoce si la intendencia de Artigas hará uso del derecho de preferencia (Articulo 66 Ley 18.308) respecto a los padrones 479 y 6.504 y se desconoce si la intendencia de Canelones hará uso de preferencia respecto al padrón 22.093. 8- El padrón 6.504 de Artigas está afectado por servidumbre de paso de 10 metros de ancho (Nota 3 del plano de mensura fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Milton Goncalves de 15-08-2003) y está afectado por servidumbre de electro ducto de 10 metros de ancho según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Ricardo Xavier de Marzo del 2014 (plano agregado a fojas 291). 9- En el acto de remate, el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al Artículo 71 CGP (domicilio real y procesal electrónico). 10- El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente día a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria judicial ni por semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 11- Los inmuebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación agregada y certificados registrales ampliados al 26/11/2025, lo que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina de Actuaria de la Sede, sito en San Jose 1132, piso 3.
Montevideo, 27 de noviembre de 2025.
CAROLINA da LUZ PEREIRA, Actuario Adjunto Encargar/Subrogar: Actuario/a Titular.
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20) $ 16224 1/p 31059 Nov 28- Nov 28
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