Fecha de Publicación: 11/11/2016
Página: 54
Carilla: 54

REMATES
PODER JUDICIAL
SORIANO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MERCEDES
TERCER TURNO

                             EDICTO DE REMATE

Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 3er Turno, en autos caratulados "EURONEXT S.A. C/ TINEPARK SOCIEDAD ANÓNIMA, EJECUCIÓN DE CRÉDITO HIPOTECARIO, IUE 431-727/2015" se hace saber que el día miércoles 7 de diciembre de 2016 a las 14:30 hs. en puertas de éste Juzgado sito en calle 18 de Julio 366 de ésta ciudad, se procederá por intermedio del Rematador DIEGO LAINÉS, Mat. 5961, RUT 180211820010, y asistido por el Sr. Alguacil del Juzgado, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares americanos y al mejor postor de las dos terceras partes indivisas del siguiente bien inmueble: Una fracción de Campo con sus construcciones y demás mejoras que le puedan acceder ubicada en la Novena Sección Catastral del Departamento de Soriano, Zona Rural, Paraje "Cololó", PADRÓN NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES (9243) antes en mayor área (386), el cual consta de una superficie total de CIENTO CUARENTA Y CUATRO HECTÁREAS OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS, que integran las siguientes fracciones: A) Fracción de campo señalada como lote DOS, en el plano del Agrimensor Carlos Magano Ferro inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Soriano el día 20 de mayo de 1986 con el número seis mil trescientos setenta (6370) y según el cual tiene una superficie de CIENTO OCHO HECTÁREAS TRES MIL CIENTO UN METRO, SEIS DECÍMETROS (108 HÁS. 3101 Mts. 6 Dmts.) dentro de los siguientes límites: 1540 metros 90 centímetros al SURESTE, lindando con resto del padrón Rural 9243, que se deslindará a continuación, al NORESTE curso del Arroyo Cololó por medio con Padrón Rural 476, al NORTE-NOROESTE, mil ciento cincuenta metros veinticuatro centímetros lindando con el Lote UNO del mismo plano, y al SUROESTE dos rectas de seiscientos cincuenta y tres metros sesenta y cuatro centímetros que corre de norte a sur, y de 430 metros setenta centímetros que corre de noroeste a sureste confinando ambas con el Padrón siete mil quinientos cincuenta (esta fracción soporta por el SUROESTE una servidumbre de paso a favor del Lote UNO), B) Fracción de Campo cita en igual localidad catastral y departamento, zona rural, la cual surge del plano del Agrimensor Mario Bellini inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Soriano el día veintitrés de agosto de mil novecientos sesenta y ocho con el número tres mil novecientos sesenta y seis (3966) consta de una superficie de: TREINTA Y SEIS HECTÁREAS, CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS, NOVENTA Y CUATRO DECÍMETROS (36 HAS. 5243 Mts. 94 Dtms.), dentro de los siguientes límites: NORESTE, curso del Arroyo Cololó, NOROESTE: mil quinientos cuarenta metros noventa centímetros lindando con el Padrón Rural siete mil quinientos cincuenta, hoy resto del padrón nueve mil doscientos cuarenta y tres ya deslindado, al SUROESTE doscientos metros confinando con el Padrón Rural siete mil quinientos cincuenta, al SURESTE: mil quinientos seis metros noventa centímetros lindando con el Padrón Rural trescientos ochenta y seis (en el inicio de esta última recta tiene salida por servidumbre de paso que afecta al Padrón Rural trescientos ochenta y seis). SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña en efectivo el 30% de su oferta al momento de bajarse el martillo, más la comisión del martillero (3%), más el I.V.A. sobre dicha comisión (22%) lo que totaliza 33,66%. 2) Serán de cargo del expediente la comisión de venta (1%) más el I.V.A. y el Impuesto Municipal. 3) Que los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador deberán de ser afrontados por el adquirente. 4) Que los títulos se encuentran depositados a disposición de los interesados en la Sede para ser examinados. 5) Se desconoce si existen adeudos municipales, consumos, impuestos, etc. 6) Que el bien embargado se encuentra gravado en primer término por el ejecutante. 7) Sólo se podrán descontar del precio las deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria Rural a la fecha de la subasta. 8) No resulta de la titulación información alguna respecto de las construcciones, ni obra agregado en autos expediente municipal de construcción. 9) Se desconoce el actual estado de ocupación del bien a rematarse. 10) De la información que surge de autos, existen contratos de arrendamientos en contravención a la prohibición de arrendar pactada en la hipoteca, lo que deberá tenerse presente. 11) El plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá en las ferias judiciales ni por la Semana de Turismo. 12) La subasta se efectuará en las condiciones que resulten del expediente, la titulación y certificados registrales presentados. Antecedentes a disposición en la Oficina Actuaria de la Sede (18 de Julio 366). Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Mercedes, 8 de Noviembre de 2016. Esc. AZUCENA LORENZI, ACTUARIA ADJUNTA.
                           Primera Publicación
 20) $ 18573 3/p 30453 Nov 11- Nov 15
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