Aviso de Remate N° 29737/025
Fecha de Publicación: 18/11/2025
Página: 320
Carilla: 320
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SÉPTIMO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 7° Turno, dictada en autos: "BIALOSTOSKY STEIN, MATILDE c/ RIVERO TOLEDO, MIGUEL y otro - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-61476/2020, se hace saber que el próximo 2 de diciembre del corriente año a las 15:30 horas, en el Local de la ANRTC, Av. Uruguay 826, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011, asistido de la Señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en el departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, padrón setenta y cuatro mil trescientos cuatro (74.304), señalado con el número 27 de la fracción K en el plano del Agr. Guillermo Rodríguez y de acuerdo al del Agr. Gerardo J. Altieri del 16.03.1967, inscripto en la Dirección General del Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales con el N° 56.535 el 10.04.1967, tiene una superficie de cuatrocientos noventa metros cuadrados y se deslinda así: 10m de frente al Noreste a la calle Francisco Vázquez Cores, distando su punto medio 45 metros de la esquina determinada por dicha calle y la calle Suñer y Capdevila; 49m al Sureste con padrón N° 74.303; 10m al Suroeste con padrón N° 74.309 y 49 metros al Noroeste con padrón N° 174.193. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo asi con lo dispuesto en las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la comisión del Rematador más Iva, totalizando el 3,66 % del precio del remate. III) Que será de cargo del Demandado la Comisión de venta del Rematador e iva, o sea el 1,22% del precio de remate. IV) Que se desconoce: la situación ocupacional del bien así como la existencia de arrendamientos y la situación actual de las construcciones así como la existencia de deudas con BPS. V) Que existen deudas con la Intendencia Municipal de Montevideo por concepto de Contribución inmobiliaria, Tasa General Municipal y Tasa de Saneamiento y con el Impuesto de Enseñanza Primaria. VI) Los únicos rubros a ser imputados como parte del precio, son los necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria). VII) No cumple con art. 178 Ley N° 17.296. VIII) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. IX) Que el estudio de títulos se realizo en base a testimonios notariales de los mismos. X) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, del expediente y de los certificados registrales, todo lo cual queda a disposición en la Sede (Pasaje de los Derechos Humanos 1309 2° Piso) para ser consultado. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, el día trece de noviembre del año dos mil veinticinco.-
Montevideo, 14 de noviembre de 2025.
ROSA de los ANGELES FERNÁNDEZ ROUCO, Actuario.
Única Publicación
20) $ 7686 1/p 29737 Nov 18- Nov 18
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