Fecha de Publicación: 30/11/2021
Página: 73
Carilla: 73

REMATES
PODER JUDICIAL
SORIANO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DOLORES
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Dolores de 2° Turno, dictada en autos: "SASSO LA PAZ, DORA NELLY Y OTRAS(16) C/ SASSO FLIPPANCE, CARLOS MARIA Y OTRA (1) PARTICION JUDICIAL" IUE 443-122/2019, se hace saber que el día 8 de diciembre de 2021 a la hora 14, en las puertas del Juzgado Letrado de Dolores, sito en calle Sotura 1234 de esta Ciudad, por el Martillero designado en estos autos, Sr. Diego CUADRADO, con matrícula N° 5794, presidido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en subasta pública del siguiente bien inmueble: terreno con edificio sito en la manzana 168 de la localidad catastral Dolores, departamento de Soriano, empadronado con el N° 1197, señalado como fracción B en el plano de mensura del Agrimensor Juan Carlos Sosa, inscripto en la Oficina Dptal. de Catastro de Soriano con el N° 845 el 15/11/1950, según el cual se compone de una superficie de 502m 10dm y se deslinda así: 20m 65cm al SE de frene a calle Artigas; 24m 45 cm al SO también de frente a calle Salto (hoy calle Carnelli) por ser esquina; 20m 65cm al NO con el solar A del mismo plano; y 24m 18cm al NE con Alberto SASSO. SE HACE CONSTAR QUE: a) Saldrá a la venta en dólares americanos, sin base y al mejor postor. b) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura y el resto a los 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, debiendo cumplirse con los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera y normativa concordante en lo que corresponda. c) Será de cargo del comprador la comisión e IVA de compra del martillero. d) El mejor postor podrá descontar del precio del remate la Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria que se adeudare. SE ADVIERTE que: 1) Se ignora la situación de ocupación del inmueble y de regularización de sus construcciones ante las Oficinas Públicas correspondientes. 2) El inmueble no está conectado a la red de saneamiento. 3) El bien se adquiere en las condiciones que surgen del expediente y titulación obrante en la Sede para su consulta, y en su actual estado jurídico y material sin derecho a reclamación alguna. 4) De la información registral agregada por el inmueble, no surgen inscriptas ninguna de las sucesiones comprendidas en el proceso dominial. 5) En las sucesiones de los causantes Ignacio Francisco y María Angela SASSO FLIPPANCE no se relacionó el inmueble. 6) Se ignora si se abonó I.T.P respecto de las sucesiones de los causantes Ignacio Francisco y Juan José SASSO FLIPPANCE. A los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Dolores, 12 de noviembre de 2021.
BRUNO ELIGIO LORENZELLI LUCAS, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6516 1/p 29607 Nov 30- Nov 30
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