Aviso de Remate N° 29528/025
Fecha de Publicación: 17/11/2025
Página: 74
Carilla: 74
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOTERCER TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13° Turno, dictada en autos: "CHACON AGUIRRE, ÓSCAR c/ CARREA PIRIZ, MARIA CAROLINA -JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO" IUE 2-112160/2011, se hace saber que el día 02 de Diciembre de 2025, a la hora 12:30 en calle Uruguay 826 de la ciudad de Montevideo, por intermedio del Rematador Jose Ignacio Ruiz Díaz, matrícula 5790, R.U.T. 120252740018, se procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar de terreno y construcciones ubicado en la duodécima sección judicial del departamento de Paysandú, que forma parte de la manzana catastral número 334, empadronado con el número CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO (4621), está señalado como solar número 1 en el Plano del Agrimensor Héctor M. Laborde de julio de 1929, inscripto en la Inspección Técnica Departamental de Paysandú con el número 87 el 31 de julio del citado año, según el cual consta de una superficie de trescientos setenta y dos metros seis mil setecientos noventa y dos centímetros (372 m 6.792 cm) y se deslinda así: al Oeste 10 metros 85 centímetros de frente a calle Libertad; al Norte 34 metros 35 centímetros lindando con parte del padrón número 4414; al Este 10 metros 83 centímetros lindando con parte del solar número 5 del mismo plano (hoy padrón número 4254); y al Sur 34 metros 41 centímetros lindando con el solar número 2 del mismo plano.- SE PREVIENE QUE: A) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta al momento de bajarse el martillo, en carácter de seña, al contado o con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y Ley 19.889. Asimismo deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente día de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. B) Se desconoce la situación frente al B.P.S. por construcciones. C) Se desconocen las deudas por tributos. D) Se desconoce la situación ocupacional del bien. E) Que el mejor postor podrá descontar únicamente la Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, hasta la fecha del remate (art. 387.2 lit. h) del C.G.P.). Antes de la escrituracion se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 66 de la Ley 18.308. F) Una vez escriturado, se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP, en caso de corresponder. G) Serán de cargo del adquirente los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más IVA. H) Será de cargo del expediente el 1% más IVA por concepto de comisión sobre venta. I) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, sita en Palacio de los Tribunales 1309 segundo piso de esta ciudad. J) La almoneda se realiza en las condiciones que resultan de autos y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Se hacen las presentes publicaciones con certificados registrales ampliados al día de la fecha.
Montevideo, 13 de noviembre de 2025.
VICTORIA MORAS ORCE, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 7700 1/p 29528 Nov 17- Nov 17
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