Fecha de Publicación: 14/11/2025
Página: 89
Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Artigas de 3° Turno, dictada en autos: "AYALA ALEGRE MATILDE C/ SUC. DE: SOUZA WAGNER JOAO BAPTISTA -JUICIO EJECUTIVO-" IUE 156-4/2000, se hace saber que el día 4 de diciembre de 2025 a la hora 14:00, en el Local de Remates sito en Avda Lecueder 797, se procederá por intermedio del Rematador Humberto Soto, matricula 4906, Rut 160110320018, a la Venta en Publica Subasta en Moneda Nacional, Sin Base y al mejor Postor el siguiente bien Inmueble: 594 hectáreas 4573 metros indivisas que se ubican dentro de los siguientes bienes: padrones 7590 y 7591- antes en mayor área padrón 4540- propiedad de los ejecutados, a saber: a) Padrón 7591 sito en la segunda sección catastral del departamento de Artigas, Paraje Pelado, zona rural, el que, según plano de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor José Luis González de 16 de agosto de 2012, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas, con el numero 2296 el 23 de agosto de 2012, tiene una superficie de 73 hectáreas 7881 cás. y se deslinda así: predio enclavado: al Norte línea quebrada compuesta por dos tramos de recta que miden: 173 metros 70 centímetros y 257 metros 90 centímetros lindando con resto del padrón 4540 (hoy padrón 7590); al Noreste-Este cuatro tramos de recta que miden: 568 metros 40 centímetros, 287 metros 40 centímetros, 975 metros 80 centímetros y 78 metros respectivamente, lindando con resto del padrón 4540 (hoy padrón 7590); al Sur-Suroeste línea quebrada compuesta por nueve tramos de recta que miden 334 metros 10 centímetros, 615 metros 40 centímetros, 176 metros, 413 metros, 170 metros 10 centímetros, 123 metros 70 centímetros, 67 metros 20 centímetros, 156 metros 30 centímetros y 162 metros 60 centímetros lindando con resto del padrón 4540 (hoy padrón 7590); y al Noroeste dos tramos de recta que miden 712 metros 70 centímetros y 132 metros 40 centímetros lindando con padrón 696.- b) Padrón 7590 sito en la segunda sección catastral del departamento de Artigas, Paraje Pelado, zona rural , el cual tiene una superficie de 594 hectáreas 4573 metros.- Se deja expresa constancia que el padrón 7590 carece de plano de mensura y fraccionamiento, requisito imprescindible para el otorgamiento de la escritura judicial posterior al remate, por lo que el mejor postor deberá confeccionar el mismo a efectos de proceder a la escrituración judicial, sin perjuicio de que dicho plano sea de cargo de la ejecución.- SE PREVIENE QUE: a)- El Mejor Postor deberá consignar el 30 % de su oferta en carácter de seña al serle aceptada su postura en el acto, conforme a la ley de inclusión financiera; debiendo abonar el saldo de precio dentro de los veinte días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación del Auto aprobatorio del Remate, conforme a las disposiciones de la referida ley. b)-El Remate se realizará en Moneda Nacional. c)-Serán de cargo del adquirente los gastos de Escritura, Impuestos y demás que la Ley pone a su cargo así como la Comisión del Martillero 3% más IVA. Al amparo de lo dispuesto por el artículo 387.2 literal "h" inciso 2° del CGP se autoriza a imputar, como parte del precio a integrar, los tributos adeudados por el ejecutado, de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, cuyos montos se desconocen, así como también su estado ocupacional y las deudas por tributos.- d)-Será de cargo del expediente el 1% más IVA por concepto de comisión sobre venta. e)- El bien se rematará en las condiciones materiales y jurídicas emergentes del expediente, de la documentación adjunta y la información registral aportada.- f) Quien adquiera en el remate deberá respetar la cláusula cuarta del contrato de compraventa cuyo testimonio por exhibición luce agregado a fojas 365-370 de la segunda pieza, de acuerdo con la sentencia de segunda instancia recaída con el número DFA-0008-000203/2017, el día 17 de julio de 2017, que luce agregada a fojas 824/837 de la pieza tercera, en virtud de la cual cuando se lleve a cabo la cesación de condominio deberá respetarse que la superficie excluída del presente remate, esto es 73 hectáreas -7883 metros, deberán ubicarse de forma tal que comprenda la casa y el galpón existentes.- h) - Los títulos se encuentran en la sede a disposición de los interesados.- 
 
Artigas, 12 de noviembre de 2025.
EMA RENÉE PÓLITO JURADO, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 9708 1/p 29357 Nov 14- Nov 14
Ayuda