Fecha de Publicación: 25/11/2021
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Salto de 3° Turno, dictada en autos: "SCOTIABANK URUGUAY S.A. C/ MALVASIO, ARIEL.JUICIO EJECUTIVO." IUE 360-68/2018, se hace saber que el día 16 de DICIEMBRE del año 2021 a la hora 9.30 en el Juzgado de Paz (Artigas n° 1015), el martillero Sr. José Luis Carvallo c/mat. 4706- RUT. 160353270016 asistido de la Señora Alguacil de la sede, procederá a vender en pública subasta SIN BASE y al mejor postor en DOLARES AMERICANOS, el bien inmueble embargado en autos : Padrón N° 9322 unidad 002, ubicado en calle Morquio 1080 bis, manzana catastral 844, de la localidad Catastral Salto, que según plano del Agrimensor Paulo Martinez inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 12925 el 30-05-2018, dicha unidad consta de una superficie de 55 mts2 con 17 dm2, 11 mts2 con 04 dm2 correspondiente al patio B uso exclusivo unidad 002, 17 mts2 con 05 dm2 correspondiente a patio C de uso exclusivo unidad 002, 155 mts2 con 34 dm2 correspondiente a fondo D uso exclusivo a unidad 002. El padrón matriz tiene el siguiente deslinde: Al Este 12 mts 32cm de frente a calle Dr. Morquio, entre las calles Cuareim y Juan H. Paiva, al Sur 40 mts lindando con padrón 22253, 22252 y 22251, al Oeste 12mts 32cm lindando con padrón 9320, y al Norte 40 mts. lindando con padrón 25780 SE PREVIENE QUE: 1)- El mejor postor deberá consignar el 30 % de la ofertada en el acto de serle aceptada la postura. 2)- Sera de cargo del Expediente el Impuesto Municipal así como también la comisión e IVA de venta del Sr. Martillero . 3)- Se desconoce la situación ocupacional del bien , se desconoce la situación tributaria ante el BPS . 4)- El bien mantiene deuda por concepto de Enseñanza Primaria y por contribución inmobiliaria. 5)- Se encuentra en el expediente testimonio notarial de la titulación, a los efectos de la consulta de los interesados. 6)-El comprador deberá tener presente lo dispuesto en el artículo 390 inciso 2 y 3 del CGP. 7)- El mejor postor como el segundo mejor postor, deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido en el art. 387.5 del CGP. y su remisión al art. 71 del mismo cuerpo normativo. 8)-El plazo para consignar el saldo del precio, será de 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente al de notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por feria Judicial ni turismo. El pago de la seña así como del saldo de precio deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la ley 19.210. Y a los efectos legales, se hacen estas publicaciones 
 
Salto, 23 de noviembre de 2021.
MAIARA BOPP VIEGA, Juez Paz Dptal. Int..
                            Única Publicación
 20) $ 6223 1/p 29119 Nov 25- Nov 25
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