Fecha de Publicación: 17/10/2018
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Carilla: 61

REMATES
PODER JUDICIAL
RIVERA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
CUARTO TURNO

EDICTO: Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rivera de 4° Turno, en autos caratulados: "RODRIGUEZ LUCAS EDUARDO Y OTROS C/ RODRIGUEZ LUCAS YORACI Y OTROS. PARTICION JUDICIAL, DAÑOS Y PERJUICIOS", FICHA IUE 330-58/2011, se hace saber que el día 30 de Octubre de 2018 a la hora 14:00 en la puerta del Juzgado, sito en Avda. Sarandí N° 528, el Sr. Rematador Enrique Díaz Coelho, Matrícula N° 4636, RUT N° 140068510018, en diligencia que será presidida por el Sr. Alguacil, sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dólares americanos, el siguiente bien inmueble: Padrón 7769, ubicado en la Localidad Catastral Rivera, zona urbana, manzana 942, con una superficie de 468 m2, de frente a calle Magalona N° 48. SE PREVIENE QUE: a) El mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta como seña, así como la comisión del rematador más IVA. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las UI 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes N° 19210 y 19478 y sus decretos reglamentarios. Respecto al pago de los honorarios del martillero y la seña, los mismos deben abonarse mediante cualquier medio de pago electrónico previstos por la Ley. Para el caso en que se abone con cheques cruzados no a la orden, letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera deberán ser a nombre del mejor postor y el plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo b) se desconoce si existen adeudos por concepto del Impuesto de Contribución Inmobiliaria y del Impuesto de Enseñanza Primaria y demás adeudos con el Estado c) el bien se encuentra ocupado d) los títulos de propiedad del inmueble, certificado de resultancias de autos de la causante María Dolores Lucas de Rodríguez o Rodrigues o Rodrigues de Rodrigues y plano de construcciones, se encuentran glosados en autos a disposición de los interesados en esta Sede e) los rubros que se autorizan a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado. Rivera, 11 de Octubre de 2018. Esc. NADIA OSORIO SOTO, Actuaria Adjunta.
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 20) $ 3654 1/p 29012 Oct 17- Oct 17
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