Fecha de Publicación: 23/11/2021
Página: 68
Carilla: 68

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSEXTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 16° Turno, dictada en autos: "ESPALA TRIAS, ANA c/ SCANIELLO MONTIEL, SILVIA y otro - EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 2-52429/2017, se hace saber que el 7 de diciembre de 2021 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la SR/A. ALGUACIL del Juzgado se procederá al remate en pública subasta, sin base, en dólares americanos (US$) y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden, situado en el departamento de Canelones, localidad catastral Las Piedras, zona urbana, empadronado con el número 3.042, señalado con el número 25 en el Plano del Agrimensor Carlos M. Saizar, aprobado por el Consejo Departamental de Canelones el día 5 de mayo de 1927 e inscripto en la Dirección de Topografía el día 30 de mayo de 1927, que según título y el referido plano se compone de una superficie de 390 m. que se deslinda así: 10 metros al Noreste de frente a la calle Independencia entre las calles Tabaré y Leyenda Patria; 39 metros al Sureste lindando con el solar número 24; 10 metros al Suroeste, lindando con el solar número 37; y 39 metros al Noroeste , lindando con el solar número 26, todos del mismo plano.- SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en concepto de seña, en dólares americanos (US$) y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare 1.000.000 de UI (un millón de unidades indexadas) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes números 19.210, 19.478 y 19.899, y sus decretos reglamentarios; 2) Se desconoce la situación ocupacional del bien; 3) Se solicitó informe de deuda a la Intendencia de Canelones del que surge deuda de Contribución Inmobiliaria al 29/8/2019, así como deuda del Impuesto de Primaria al 27/08/2019, únicos rubros a descontar por el mejor postor del saldo de precio de la subasta; 4) Se desconoce la situación tributaria ante el BPS por las construcciones; 5) Se desconoce la existencia de arrendamientos; 6) No cumple con el art. 178 de la Ley 17.296 según cédula catastral expedida el día 24/09/2019; 7) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo previsto por la Ley 19.210, modificativas y decreto reglamentario; 8) El estudio se realizó en base al último título, fotocopias simples, plano y certificados registrales; 9) Los mencionados títulos se encuentran en la Sede del Juzgado Ltdo. en lo Civil de 16° Turno sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. 
 
Montevideo, 22 de noviembre de 2021.
ANDREA VANINA VILA LECHINI, Actuario Adjunto.
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 20) $ 7394 1/p 28858 Nov 23- Nov 23
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