Fecha de Publicación: 17/10/2018
Página: 59
Carilla: 59

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
PRIMER TURNO

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno, dictada en autos caratulados SEVERO GARCIA MARIA C/ AGUIRREZABALA VERGARA MARIA Y otro. EJECUCION DE HIPOTECA, IUE 2-25050/2017, se hace saber que el próximo 30 de Octubre del 2018 a las 15:30 horas, en el local de ANRTCI, AV. Uruguay 826, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011 asistido del Señor Alguacil de la Sede, procederá a la venta en remate público, en dólares americanos, sin base, al mejor postor, del siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la Localidad Catastral Montevideo, Departamento de Montevideo, zona urbana, empadronado con el numero ciento sesenta y cinco mil ciento cuarenta y siete (165.147), se identifica como solar 22 de la manzana 1 en el plano del Agrimensor José P. Astigarraga de octubre de 1933, inscripto en la Dirección de Topografía con el numero 2008 el 20 de diciembre de 1933, según el cual consta de superficie de quinientos noventa y siete metros cuadrados sesenta decímetros cuadrados (597 m. 60 dm.) cuadrados y se deslinda así: 12 metros de frente al Noroeste de frente a la calle Alberto Gómez Ruano (anterior Dionisio Carbajal), numero de puerta 614; 49 metros 86 centímetros al Noreste lindando con parte del solar 23; 12 metros al Sureste lindando con parte del solar 42 y 49 metros 74 centímetros al Suroeste con solar 21 y 43, todos del mismo plano.- SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A.. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o trasferencia electrónica bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la comisión del Rematador más Iva, totalizando el 3,66% del precio del remate.- III) Que será de cargo del expediente la Comisión de venta del Rematador e Iva, o sea el 1,22% del precio del remate.- IV) Que el bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de la información registral y la documentación agregada.- V) Se desconocen el estado ocupacional del bien, de la regularidad de las construcciones existentes en el mismo, así como si existen deudas pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria, Anep, Tributos y Gravámenes Municipales. VI) Que los únicos rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria. VII) Que la documentación relativa al inmueble se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos, Tercer Piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo octubre ocho de 2018.- Dra. Adriana De León Saravia, ACTUARIA.
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 20) $ 4350 1/p 28794 Oct 17- Oct 17
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