Fecha de Publicación: 07/10/2019
Página: 359
Carilla: 359

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
QUINTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 5° Turno, dictada en autos: "SANGIORGI, EUGENIO c/ CORREA SILVA, DORIS y otros - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-41127/2018, EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 5° Turno, dictada en autos caratulados: " SANGIORGI, EUGENIO C/CORREA SILVA, DORIS Y OTROS - EJECUCION DE HIPOTECA- IUE 2-41127/2018 se hace saber que el próximo 24 de Octubre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N°1716, RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la localidad catastral "Maldonado", zona urbana , departamento de Maldonado, Pinares de Punta del Este, empadronado con el N° 8.768, el que según plano de fraccionamiento de los Agrim. Marcelo Casciani Seré y José Suárez Abal, de mayo de 1962, inscripto en la Oficina de Catastro de Maldonado el 1/6/1962 con el N° 2835, se señala como solar 13 de la manzana 57, tiene un área de 600 mts. 10 dmts. y se deslinda: 17 mts. al NO de frente a calle N° 37, distando el punto extremo más próximo del mismo 24 mts. 12 cmts. del comienzo con la ochava curva de 17 mts. 8 cmts. de desarrollo, formada por la intersección con la calle N° 29; 35 mts. 30 cmts. al NE lindando con solar 12; 17 mts. al SE lindando con solar 4, y 35 mts. 30 cmts. al SO con solar 1 parte del solar 2, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, teniendo presente que dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las 40.000 Unidades Indexadas deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio, transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes 19.120 y 19.478 y sus decretos reglamentarios... 2°) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A - o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3°) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien, así como el estado de conservación de las construcciones y su regularidad ante organismos nacionales y/o departamentales. 5°) Se desconoce el estado actual de deudas ante la Intendencia Municipal, por Impuesto de Primaria, O.S.E y cualquier otro Impuesto, tributo, tasa etc de carácter nacional o departamental que pueda haber generado el bien,6°) que sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración ( Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren hasta la fecha de remate y el I.T.P e I.R.P.F, si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura.7°) Que se remate en las condiciones que surgen de la titulación, del expediente y de los certificados registrales que fueron ampliados al 23/9/2019 y los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 2°. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. 
 
 
Montevideo, 04 de octubre de 2019
MARÍA del CARMEN GANDARA MOSQUERA, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6120 1/p 28507 Oct 07- Oct 07
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