Aviso de Remate N° 28328/025
Fecha de Publicación: 05/11/2025
Página: 98
Carilla: 98
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "ALPUY CAPPI, MATEO c/ HABA PÉREZ, ELSA - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-61929/2024, Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de octavo turno, dictada en autos: ¨Alpuy Cappi, Mateo c/Haba Pérez, Elsa; Ejecución de hipoteca;, IUE 2-61929/2024¨, se hace saber que el próximo 11 de diciembre a las 10 y 30 horas, en el local sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, Matrícula 4234, RUT 211750130014, asistido por el Señor Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares norteamericanos, del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal 005, que se rige por las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal 10.751, sus concordantes y modificativas y sus decretos reglamentarios, integra el Edificio construido en un terreno sito en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, paraje Cordón, empadronado con el número CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES, 14.393, el que según plano de mensura del Agrimensor Hipólito Zas Recarey de enero de 1956, inscripto en la Dirección General de Catastro el 12 de marzo de 1957 con el número 33.660 consta de una superficie de ochocientos doce metros cincuenta y un decímetros, 812 metros 51 decímetros, con 19,95 metros de frente al Sur a la calle Mercedes, puerta señalizada con el número 1819, entre las calles Tristán Narvaja y Eduardo Acevedo, distando su punto medio 31.31 metros de la esquina con la calle Tristán Narvaja. La Unidad 005 se encuentra empadronada individualmente con el número CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES BARRA CERO CERO CINCO, 14.393/005, que según plano de mensura y división del Agrimensor Hipólito Zas Recarey, cotejado y examinado por la Dirección de Edificación y de Arquitectura de la Intendencia Municipal de Montevideo en febrero de 1957, está señalado con el número expresado, se ubica en Planta Baja a cota vertical más un metros cinco centímetros, consta de una superficie de noventa y siete metros cinco mil ochocientos veinticinco centímetros, 97 metros 5.825 centímetros, y le corresponde el uso exclusivo de los Patios ¨U¨ y ¨V¨, bienes comunes. Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más I.V.A., o sea 3,66% del precio de remate, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos, a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo. II) Que tanto la seña como el saldo de precio deberán consignarse, en caso de corresponder, por cualquiera de los medios de pago previstos por la Leyes 19210 y 19574, en su redacción dada por la Ley 19.899, y decretos reglamentarios. III) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a su cargo. IV) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más I.V.A., 1,22% del precio de remate. V) Que se desconoce el estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. VI) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. VII) Que sólo podrán ser imputados al precio del remate los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del mismo. En el caso de existir cuentas en juicio sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quién resultare mejor postor en la subasta. VIII) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. IX) Que para el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al art. 178 de la Ley 17.296 X) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral, y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, primer piso, de la ciudad de Montevideo, siendo de su cargo toda averiguación complementaria. El mejor postor deberá tener presente lo dispuesto por el articulo 390 inciso 2y 3 del CGP. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo
Montevideo, 03 de noviembre de 2025.
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
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20) $ 10346 1/p 28328 Nov 05- Nov 05
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