Fecha de Publicación: 12/02/2019
Página: 58
Carilla: 58

REMATES
PODER JUDICIAL
RIVERA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

EDICTO: Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rivera de 6° Turno, en autos caratulados: "GODOY ALVEZ NATALIA C/ TOP SHOP Y OTRO. EJECUCION DE SENTENCIA", FICHA IUE 477-494/2017, se hace saber que el día 20 de Febrero de 2019 a la hora 10:00 en calle Socorro Turnes N° 448, el Sr. Rematador Enrique Díaz Coelho, Matrícula N° 4636, RUT N° 140068510018, en diligencia que será presidida por el Sr. Alguacil, sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en moneda nacional, las siguientes mercaderías: 1290 capas de celulares de distintos modelos, 21 camperas con capucha para hombre, 10 camperas sin capucha para hombre, 2 chalecos con capucha para hombre todos en tela, 8 camperas para dama en cuerina distintos colores, 6 camperas hombre en cuerina, 5 moletón en tela diferentes colores con capucha, 19 camperas de nylon de diferentes colores y tamaño, 9 camperas deportivas con capucha, 37 vaqueros para niños, 8 camperas para niño, 4 pantalones para niño, 3 camperas para niño en nylon, 10 conjuntos campera y pantalón para hombre, 11 moleton, 4 camperas, 20 camperas deportiva para hombre, 7 camperas unisex con forro y 4 de niño, 20 conjuntos deportivos, 8 camperas moleton, 8 buzos de hilo, 5 calzas niña, 6 chalecos nylon tamaño grande y 4 camperas nylon. SE PREVIENE QUE: El mejor postor deberá consignar el precio de su oferta, así como la comisión y tributos del rematador más IVA en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las UI 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes N° 19210 y 19478 y sus decretos reglamentarios. Respecto al pago de los gastos y honorarios del martillero, los mismos deben abonarse mediante cualquier medio de pago electrónico previstos por la Ley. Para el caso en que se abone con cheques cruzados no a la orden, letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera deberán ser a nombre del mejor postor y el plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Rivera, 1 de Febrero de 2019. ANDREA FERNANDEZ GALUP, Actuaria Adjunta.
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 20) $ 4011 1/p 2659 Feb 12- Feb 12
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